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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miércoles, 14 de febrero de 2018 Pág. 10160

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Cambados

EDICTO (279/2016).

Cambados, 25 de noviembre de 2017.

Vistos por mí, María José Caramés Blanco, jueza del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cambados y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario 279/2016, entre partes; de una, como demandante, C.P. del Edificio Pirsamar, sito en la playa de Silgar, nº 66, Sanxenxo, representada por la procuradora Dolores Abella Otero y asistida técnicamente por el letrado Sr. Piñeiro Vidal, y de otra, como demandados María del Carmen Otero Fontán representada por la procuradora Sra. Varela Rodríguez y asistida técnicamente por el letrado Sr. Besada Ferreiro, y Ramón Otero Fontán, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, se dicta esta sentencia en base a los siguientes:

Fallo:

Estimando la demanda interpuesta por C.P. del Edificio Pirsamar, sito en la playa de Silgar, nº 66, Sanxenxo, representada por la procuradora Dolores Abella Otero, contra la; debo condenar y condeno a los demandados María del Carmen Otero Fontán representada por la procuradora Sra. Varela Rodríguez, y Ramón Otero Fontán, en situación de rebeldía procesal, a abonar de forma solidaria a la actora la cantidad de dieciséis mil quinientos sesenta y cuatro euros con cuarenta y dos céntimos (16.564,42€ €), más los intereses legales correspondientes, con expresa imposición de las costas a la demandada.

Modo de impugnación: recurso de apelación, que se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquella.

Cambados, 20 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia