Advertido error en la citada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 21, de 30 de enero de 2018, es necesario hacer la siguiente corrección:
En la página 6676, artículo 5, número 7, letra d), donde dice: «Las calderas que utilicen como combustible biomasa forestal y las instalaciones solares que sean obligatorias en virtud del documento básico HE del Código técnico de la edificación (CTE)», debe decir: «Las calderas que utilicen como combustible residuos no biodegradables y las instalaciones solares que sean obrigatorias en virtud del documento básico HE del Código técnico de la edificación (CTE)».