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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Viernes, 9 de febrero de 2018 Pág. 9478

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 987/2015).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 987/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Santiago Miguel Fernández Rodríguez contra la empresa Transportes Logísticos Pocomaco, S.R.L., con intervención procesal de Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Sentencia

A Coruña, 18 de enero de 2018.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 987/2015 siendo parte en el mismo, de un lado como demandante Santiago Miguel Fernández Rodríguez, asistido por el letrado Fernando José Méndez Sanjurjo, y como demandado Transportes Logísticos Pocomaco, S.R.L., que no comparece, con intervención procesal de Fogasa, que no comparece, ha pronunciado en nombre del rey, la siguiente sentencia:

Fallo

Que, estimando en parte la demanda interpuesta por el actor Santiago Miguel Fernández Rodríguez debo condenar y condeno a la empresa Transportes Logísticos Pocomaco, S.R.L. a que abone al actor la cantidad de 2.812,02 €, más el 10 % de interés por mora respecto de la cantidad que ostenta carácter salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “cuenta de depósitos y consignaciones” que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad.

E, igualmente, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y, para que sirva de notificación en legal forma a Transportes Logísticos Pocomaco, S.R.L., en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de enero de 2018

La letrada de la Administración de justicia