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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 29 de enero de 2018 Pág. 6388

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (DSP 396/2017).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 396/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Sonia Padín Remuiñan contra la empresa Deus Creaciones, S.L. y otras, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezado y parte dispositiva se adjuntan:

Sentencia.

En A Coruña a treinta de octubre de dos mil diecisiete

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 396/2017, en que son parte, de un lado como demandante Sonia Padín Remuiñan, representada por el letrado Daniel Pérez López, en virtud de poder que consta en las actuaciones, y como demandados Deus Creaciones, S.L., Confecciones Deus, S.L., Confección Ideal, S.L., Costura Invisible, S.L., Shivshi, S.L., Confecciones Fraga, S.L. y Perseo Textil, S.L., representadas por el letrado Alberto José García Vilaboy, en virtud de poder que consta en las actuaciones; Gaviota Textil XXI, S.L., representada por el letrado José Ramón Villan Cidon; administración concursal de Confección Ideal, S.L., representada por la letrada Cristina Suárez Gestal, en virtud de poder que consta en las actuaciones; administración concursal de Confecciones Fraga, S.L., representada por el letrado Diego Rodríguez Sánchez, en sustitución de Juan Carlos Rodríguez Maseda, en virtud de poder exhibido; administración concursal de Plataforma Costurera, representada por José Antonio González Seoane, circunstancia acreditada en las actuaciones y que no ha comparecido al acto de conciliación y sí al acto de juicio tal como consta en las actuaciones; Vainica Doble, Deus Deluxe, S.L.; Plataforma Costurera, S.L., Bendita Costura, S.L.; Pedracapela, S.L., Nuevo Siglo Textil, S.L.; Puntada Elaborada, S.L.; administración concursal de Confecciones Deus, S.L., administración concursal de Costura Invisible, S.L., administración concursal de Deus Creaciones, S.L., administración concursal de Shivshi, S.L. y el Fogasa no han comparecido, sobre despido, ha pronunciado, en nombre de su majestad el rey, la siguiente sentencia

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por Sonia Padín Remuiñan contra las entidades demandadas debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado a la actora, condenando a las demandadas Shivshi, S.L., Confecciones Deus, S.L., Bendita Costura, S.L., Confecciones Ideal, S.L., Creaciones Deus, Confecciones Fraga, S.L., Costura Invisible, S.L., Deus Deluxe, S.L., Gaviota Textil, S.L., Nuevo Siglo Textiles, S.L., Pedracapela, S. L., Perseo Textil, S.L., Plataforma Costurera, S.L., Puntada Elaborada, S.L. y Vainica Doble, S.L. a la readmisión inmediata de la actora o al abono solidario de una indemnización de 15.187,20 euros más los salarios de tramitación correspondientes desde la fecha del cese hasta la notificación de la presente resolución que ascienden a 38,40 euros/día.

Se absuelve a las restantes entidades y personas físicas demandadas.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad.

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la mercantil Nuevo Siglo Textil XXI, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia