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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 26 de enero de 2018 Pág. 6102

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se publica la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de tesorero/a del Ayuntamiento de Ourense, entre funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Mediante decreto de la concejala delegada de Recursos Humanos de 19 de enero de 2018, el Ayuntamiento de Ourense llevó a cabo a aprobación de la convocatoria para la cobertura, por el sistema de libre designación, del puesto de tesorero/a, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional, así como las bases de la misma. Tras la tramitación del oportuno expediente al amparo de lo dispuesto en el artículo 28 del Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, y el artículo 37 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, remitiéndolas a la Dirección General de Administración Local para su publicación en el DOG y posterior remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a los efectos de su publicación en el BOE.

El jefe del servicio de Régimen Jurídico y Gestión de Funcionarios con Habilitación Nacional, teniendo en cuenta la normativa aplicable (Real decreto 1732/1994, de 29 de julio, en virtud del mandato recogido en la disposición transitoria VII de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, así como por el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre ejercicio de competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los funcionarios/as con habilitación de carácter nacional), tras el examen de la solicitud emitió el correspondiente informe propuesta que cuenta con el visto bueno de la subdirectora de Régimen Jurídico Local, favorable a la publicación de la convocatoria solicitada.

Con base al informe propuesta señalado y teniendo en cuenta las competencias conferidas por el artículo 15.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, y el artículo 1.6 de la Orden de 14 de mayo de 2013, sobre delegación de competencias (DOG núm. 92, de 15 de mayo)

RESUELVO:

Primero. Dar publicidad a la convocatoria y las bases que regirán la misma, recogidas como anexo a esta resolución, para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de tesorero/a, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional con el siguiente extracto:

Corporación: Ayuntamiento de Ourense.

Puesto: tesorero/a.

Subescala: intervención-tesorería.

Nivel complemento destino: 30.

Complemento específico anual: 35.442,44 euros.

Requisitos: los recogidos en las bases que figuran como anexo.

Conocimiento lengua gallega: en los términos del Decreto 103/2008, de 8 de mayo.

Segundo. Publicar esta resolución en el DOG y remitirla a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública a los efectos de su publicación en el BOE.

Tercero. La presente resolución, que ponen fin a vía administrativa, podrá impugnarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Podrá también, potestativamente, interponerse recurso de reposición ante la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia en el plazo de un mes a contar desde la misma fecha, en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 24 de enero de 2018

Marta Fernández-Tapias Núñez
Directora general de Administración Local

ANEXO

Primero. Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, previsto en los artículos 88 y 92 de la Ley de empleo público de Galicia, el puesto de tesorero/a, configurado en la relación de puestos de trabajo como de especial responsabilidad o cualificación profesional.

Segundo. Características del puesto

Corporación Local: Ayuntamiento de Ourense.

Número de puesto: 2.

Denominación del puesto: tesorero/a.

Subescala: intervención-tesorería.

Nivel complemento de destino: 30.

Complemento específico anual: 35.442,44 euros.

Forma de provisión: libre designación.

Observaciones: ninguna.

Funciones:

Asume la responsabilidad, decisión, dirección, ejecución, coordinación y control del trabajo de las distintas unidades administrativas o técnicas integradas en su servicio.

Manejo y custodia de fondos y valores.

Dirección financiera del ayuntamiento.

Elaboración de un presupuesto de Tesorería.

Pago de obligaciones del ayuntamiento.

Cuantas otras tenga atribuidas o se le atribuyan por la legislación vigente en cada momento.

Aquellas otras no especificadas que sean inherentes al puesto.

Tercero. Requisitos de los aspirantes

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera habilitado nacional, grupo de clasificación A; subgrupo A1 subescala intervención-tesorería. Categoría: entrada/superior.

Cuarto. Solicitudes

Las solicitudes para participar en esta convocatoria se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ourense, debiendo presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

Las instancias podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 13.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las solicitudes deberán adjuntar a la petición un currículo, en el que se incluirá los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración y los estudios y cursos realizados.

Se deberá justificar mediante certificación o copia compulsada los méritos que se aleguen, no se tendrán en cuenta los méritos no justificados.

No será necesario aportar la documentación acreditativa de los méritos cuando se trate de documentación que ya obre en poder del Ayuntamiento de Ourense o se trate de documentos emitidos por otras administraciones públicas. En estos casos, el ayuntamiento obtendrá estos documentos por medios electrónicos, a través de las plataformas de intermediación de datos con las administraciones competentes o mediante otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, siempre que no conste la oposición expresa del interesado.

A estos efectos, tienen la consideración de documentos elaborados por otras administraciones públicas, los siguientes:

a) Titulaciones académicas.

b) Certificaciones de cursos de formación promovidos por administraciones públicas.

c) Certificación de servicios prestados en otras administraciones públicas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se presumirá que los solicitantes autorizan al Ayuntamiento de Ourense para que este consulte u obtenga los documentos elaborados por otras administraciones públicas a que se refieren los apartados anteriores, excepto que manifiesten expresamente lo contrario en sus solicitudes. En este caso, los interesados deberán aportar copia auténtica de los documentos correspondientes.

En caso de que el interesado pretenda aportar documentos ya entregados ante otras administraciones públicas, deberá indicar en la solicitud en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, a efectos de que el ayuntamiento pueda obtenerlos mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Se presumirá que esta consulta es autorizada por el interesado, excepto que conste en el procedimiento su oposición expresa, supuesto en el que la documentación deberá ser aportada por el interesado.

Excepcionalmente, si el ayuntamiento no pudiera obtener los documentos conforme a lo previsto en los apartados anteriores, podrá solicitar al interesado su aportación, otorgándole un plazo de quince días naturales.

En todo caso, los datos y documentos obtenidos se utilizarán exclusivamente para las finalidades de este procedimiento selectivo. Los interesados podrán ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de este datos, conforme a lo establecido en la legislación de protección de datos.

Quinto. Nombramiento

En consideración a la naturaleza del sistema de provisión el nombramiento será realizado discrecionalmente por el presidente de la corporación, o por el órgano que ostente la competencia delegada. La resolución se motivará con referencia al cumplimiento por parte del candidato o candidata elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, en atención a los méritos libremente presentados por los candidatos, la experiencia en otros puestos de trabajo de similares características y su idoneidad para el desempeño del puesto; pudiendo declararse desierta la convocatoria, si así lo considera oportuno.

Sexto. Forma y toma de posesión

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia.

Cuando el adjudicatario del puesto obtenga con su toma de posesión el reingreso al servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles.