Habiendo quedado definitivamente aprobado por el Pleno de este ayuntamiento el presupuesto para el ejercicio económico de 2018, por acuerdo adoptado en sesión celebrada el día nueve de diciembre de dos mil dieciséis, en cumplimiento a lo que dispone el artículo 169.3 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público que dicho presupuesto asciende tanto en los gastos como en ingresos a cuantía de ciento cuarenta y seis ochocientos ochenta y siete euros con treinta y tres céntimos de euro (146.887,33 €) correspondiendo la cada capítulo las cantidades que a continuación se expresan, según siguiente detalle:
Estado de gastos:
Cap. |
Concepto |
Importe |
A) Operaciones corrientes |
||
1 |
Gastos de personal |
58.000,00 |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
88.787,33 |
3 |
Gastos financieros |
100,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
0,00 |
5 |
Fondo de contingencia y otros imprevistos |
0,00 |
Total operaciones corrientes |
146.887,33 |
|
B) Operaciones de capital |
||
6 |
Inversiones reales |
0,00 |
7 |
Transferencias de capital |
0,00 |
8 |
Activos financieros |
0,00 |
9 |
Pasivos financieros |
0,00 |
Total operaciones de capital |
0,00 |
|
Total presupuesto de gastos |
146.887,33 |
Estado de ingresos
Cap. |
Concepto |
Importe |
A) Operaciones corientes |
||
1 |
Impuestos directos |
0,00 |
2 |
Impuestos indirectos |
0,00 |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
0,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
146.887,33 |
5 |
Ingresos patrimoniales |
0,00 |
Total operaciones corrientes |
146.887,33 |
|
B) operaciones de capital |
||
6 |
Enajenacion de inversiones reales |
0,00 |
7 |
Transferencias de capital |
0,00 |
8 |
Activos financieros |
0,00 |
9 |
Pasivos financieros |
0,00 |
Total operaciones de capital |
0,00 |
|
Total presupuesto de ingresos |
146.887,33 |
De conformidad con el preceptuado en el artículo 171.l del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, contra la aprobación definitiva del presupuesto municipal se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en la forma y plazos que establecen las normas de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Portomarín, 19 de enero de 2018
Juan Carlos Serrano López
Presidente de la Mancomunidad de Municipios Gallegos del Camino Francés