Procedimiento ordinario 322/2016
Procedimiento de origen: sobre ordinario
Demandante: María Gimena Barragán Vascondellos
Abogada: Cristina Noya Ordóñez
Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Servicios Integrales Dos Andando, S.L., Nurtime, S.L.U., Yanik Vigo, S.L., administrador concursal Juan Agra Requeijo, Residencia de Mayores 2013, S.L., Viajes Silgar, S.L. y Enrique Martínez Núñez
Abogado: letrado del Fogasa, Juan Ramiro Agra Requeijo
Yo, Belén Pereira Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento 322/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Gimena Barragán Vascondellos contra las empresas Nurtime, S.L.U., Yanik Vigo, S.L., Viajes Silgar, S.L. y otros, se ha dictado sentencia de fecha 16 de noviembre de 2017, contra la que no cabe recurso alguno, cuyo texto íntegro se encuentra a su disposición en la oficina judicial.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Nurtime, S.L.U., Yanik Vigo, S.L. y Viajes Silgar, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Pontevedra, 26 de diciembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia