El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 10 de noviembre de 2017, resolución por la que se archiva el expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/3/2013-RP1, toda vez que fueron legalizadas las obras objeto de dicho expediente mediante la concesión de una licencia de legalización el 14.10.2017, otorgada por el Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras.
Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Manuela García Carracedo y Carlos López García, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2017
El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística