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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Miércoles, 3 de enero de 2018 Pág. 293

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 19 de diciembre de 2017 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo, para el curso 2017/18, y se modifica la denominación de una titulación oficial de máster universitario.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, será acordada por la comunidad autónoma, previa solicitud de implantación por las universidades, según lo dispuesto en la legislación vigente.

En el ámbito autonómico esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por lo que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tras ser autorizadas a implantar los estudios, las universidades quedan obligadas a adoptar las garantías necesarias para que no se demore su impartición más allá de un curso académico.

El incumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos al solicitar la autorización de implantación; la no impartición de la titulación oficial autorizada; la extinción del plan de estudios o la supresión de la enseñanza son causas suficientes para proceder a la revocación de la autorización.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades en su sesión de 18 de diciembre de 2017, en el ejercicio de las competencias previstas en el artículo 3.2.h) del Decreto 98/2014, de 17 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento del Consejo Gallego de Universidades, acordó informar favorablemente la revocación de la autorización a las universidades del Sistema universitario de Galicia para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de los títulos universitarios que se relacionan a continuación.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Revocar la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Fotónica y Tecnologías del Láser. Título conjunto para la UDC, USC y UVIGO. Autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310393.

2. Máster universitario en Tecnologías de Edificación Sostenible. Autorizado por la Orden de 1 de febrero de 2013 (DOG de 12 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313637.

Artículo 2

Revocar la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Economía. Organización Industrial y Mercados Financieros. Autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (DOG de 15 de diciembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311755.

2. Máster universitario en Energías Renovables y Sostenibilidad Energética. Autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310356.

3. Máster universitario en Fotónica y Tecnologías del Láser. Título conjunto para la UDC, USC y UVIGO. Autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310393.

4. Máster universitario en Innovación en Seguridad y Tecnología Alimentaria. Autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (DOG de 15 de diciembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311767.

5. Máster universitario en Lógica y Filosofía de la Ciencia. Título conjunto para la Universidad de Santiago de Compostela, Universidad de Granada, Universidad de La Laguna, Universidad de Salamanca, Universidad de Valladolid y Universidad de Valencia (Estudi General). Autorizado por la Orden de 21 de enero de 2014 (DOG de 31 de enero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314388.

Artículo 3

Revocar la autorización a la Universidad de Vigo para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Contaminación Industrial: Evaluación, Prevención y Control. Autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (DOG de 15 de diciembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310624.

2. Máster universitario en Creación, Dirección e Innovación en la Empresa. Autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310384.

3. Máster universitario en Ingeniería Térmica. Título conjunto para la Universidad de Vigo y Universidad del País Vasco. Autorizado por la Orden de 4 de junio de 2015 (DOG de 17 de junio), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4315277.

4. Máster universitario en Fotónica y Tecnologías del Láser. Título conjunto para la UDC, USC y UVIGO. Autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310393.

5. Máster universitario en Lengua y Comunicación en los Negocios. Autorizado por el Decreto 245/2011, de 15 de diciembre (DOG de 3 de enero de 2012), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313082.

6. Máster universitario en Teatro y Artes Escénicas. Autorizado por la Orden de 5 de diciembre de 2013 (DOG de 20 de diciembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314381.

7. Programa de Doctorado en Protección del Patrimonio Cultural. Autorizado por la Orden de 4 de junio de 2015 (DOG de 17 de junio), y que figura inscrito en el RUCT con el código 5601128.

Artículo 4. Garantías académicas

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando los estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con el establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Artículo 5

Se modifica la denominación del máster universitario en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo que pasa a denominarse máster universitario en Náutica y Transporte Marítima.

Para dar cumplimiento a la Sentencia dictada por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el 11 de noviembre de 2016, la Universidad de A Coruña solicita autorización para el cambio de denominación del máster universitario en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo que pasa a denominarse máster universitario en Náutica y Transporte Marítimo y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314857.

La Universidad de A Coruña de acuerdo con el dispuesto en la Ley orgánica 6/2001, de universidades, deberá proceder a la publicación en los diarios oficiales correspondientes del plan de estudios del máster con la nueva denominación, con el fin de mantener informado al estudiantado interesado en este título.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria