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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Martes, 2 de enero de 2018 Pág. 238

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Secretaría General de Cultura, por la que se oferta a las empresas editoras que participen en la Orden de 22 de noviembre de 2017, por la que se informa a la empresas editoriales con publicaciones en gallego en formato físico de la apertura del catálogo en línea de novedades editoriales para que puedan incorporar sus publicaciones, con el objeto de que los titulares de bibliotecas públicas puedan solicitarlas para la actualización de sus colecciones bibliográficas para el año 2018.

Advertidos errores en la Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Secretaría General de Cultura, por la que se oferta a las empresas editoras que participen en la Orden de 22 de noviembre de 2017 por la que se informa a la empresas editoriales con publicaciones en gallego en formato físico de la apertura del catálogo en línea de novedades editoriales para que puedan incorporar sus publicaciones, al objeto de que los titulares de bibliotecas públicas puedan solicitarlas para la actualización de sus colecciones bibliográficas para el año 2018, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 240, de 20 de diciembre de 2017, es necesario efectuar las siguientes correcciones:

En la página 57674 de dicha resolución, en el apartado cuarto, donde dice: «La primera edición deberá estar publicada entre el 3 de septiembre de 2017 y el 1 de octubre de 2018», debe decir: «La primera edición deberá estar publicada entre el 30 de septiembre de 2017 y el 28 de septiembre de 2018».

En la misma página de dicha resolución, en el apartado quinto, donde dice: «Las novedades editoriales que se incriban estarán disponibles en la plataforma digital, bien como publicaciones ya editadas bien como futuras; en este último supuesto, la entidad editora deberá cambiarla de estado en la plataforma digital en el momento en que inicie su comercialización; en ambos casos deben estar publicadas dentro del siguiente período: 3.9.2017-1.10.2018», debe decir: «Las novedades editoriales que se incriban estarán disponibles en la plataforma digital, bien como publicaciones ya editadas bien como futuras; en este último supuesto, la entidad editora deberá cambiarla de estado en la plataforma digital en el momento en que inicie su comercialización; en ambos casos deben estar publicadas dentro del siguiente período: 30.9.2017-28.9.2018».