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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Martes, 12 de diciembre de 2017 Pág. 56010

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 21 de noviembre de 2017 por la que se clasifica de interés para el fomento de la economía social y el desarrollo de la economía productiva del sector marítimo y pesquero de Galicia la Fundación Centro de Innovación de Estudios Jurídicos Marítimos y Pesqueros (MarInnLeg).

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Centro de Innovación de Estudios Jurídicos Marítimos y Pesqueros (MarInnLeg), con domicilio en el Edificio de Sesiones del Muelle de Trasatlánticos de Vigo (Pontevedra).

Hechos:

1. El 22 de septiembre de 2017, José Ramón Costas Alonso, secretario del patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Centro de Innovación de Estudios Jurídicos Marítimos y Pesqueros (MarInnLeg), se constituyó en escritura pública otorgada en Vigo (Pontevedra) el 21 de julio de 2017, ante el notario Julio Manuel Díaz Losada, con número de protocolo 1.146, por la Consellería del Mar de la Xunta de Galicia, representada por Rosa María Quintana Carballo; la Autoridad Portuaria de Vigo, representada por Enrique César López Veiga; la entidad Abanca Corporación Bancaria, S.A., representada por Víctor Casal Antón; la Cooperativa de Armadores de Pesca del Puerto de Vigo, Arvi, Sociedad Cooperativa Gallega Limitada, representada por Francisco Javier Touza Touza; la Asociación de Industriales Metalúrgicos de Galicia, Asime, representada por Julio Gómez Rodríguez; la Asociación Española de Mayoristas, Importadores, Transformadores y Exportadores de Productos de la Pesca y Acuicultura, Conxemar, representada por José Luis Freire Freire; y la Confederación Española de Pesca, Cepesca, representada por Javier Garat Pérez.

3. Según consta en el artículo 4 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto contribuir a un desarrollo socio-económico sostenible de la economía productiva del sector marítimo y pesquero gallego. Participará activamente en las tareas de fomento y transferencia del conocimiento jurídico marítimo y pesquero y, para ello, realizará distintas actividades, principalmente tareas de asesoramiento, formación especializada, investigación y recopilación de información y datos en asuntos jurídicos marítimos y pesqueros.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por la Consellería del Mar de la Xunta de Galicia, representada por Rosa María Quintana Carballo, como presidenta; la Autoridad Portuaria de Vigo, representada por Enrique César López Veiga, como vicepresidente; la entidad Abanca Corporación Bancaria, S.A., representada por Javier Fraga Díaz, como tesorero; la Consellería del Mar de la Xunta de Galicia, representada por María Isabel Concheiro Rodríguez Segade; la Autoridad Portuaria de Vigo, representada por Beatriz Colunga Fidalgo; la entidad Abanca Corporación Bancaria, S.A., representada por Víctor Casal Antón y José Lino Comesaña Calvo; la Cooperativa de Armadores de Pesca del Puerto de Vigo, Arvi, Sociedad Cooperativa Gallega Limitada, representada por Francisco Javier Touza Touza; la Asociación de Industriales Metalúrgicos de Galicia, Asime, representada por Enrique Miguel Mallón Otero; la Asociación Española de Mayoristas, Importadores, Transformadores y Exportadores de Productos de la Pesca y Acuicultura, Conxemar, representada por José Luis Freire Freire, Constante Bueno Freire González y Manuel Suárez Lemus; y la Confederación Española de Pesca, Cepesca, representada por Javier Garat Pérez como vocal; consta, también, como secretario no patrón José Ramón Costas Alonso.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés para el fomento de la economía social y el desarrollo de la economía productiva del sector marítimo y pesquero de Galicia de la Fundación Centro de Innovación de Estudios Jurídicos Marítimos y Pesqueros (MarInnLeg), en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés para el fomento de la economía social y el desarrollo de la economía productiva del sector marítimo y pesquero de Galicia y su adscripción a la Consellería del Mar.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del registro de fundaciones de interés gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 13 de noviembre de 2017,

DISPONGO:

Clasificar de interés para el fomento de la economía social y el desarrollo de la economía productiva del sector marítimo y pesquero de Galicia la Fundación Centro de Innovación de Estudios Jurídicos Marítimos y Pesqueros (MarInnLeg), adscribiéndola al protectorado de la Consellería del Mar.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2017

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones
Públicas y Justicia