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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Lunes, 11 de diciembre de 2017 Pág. 55920

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (257/2017).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 257/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Mantiñán Suárez contra Forjas de Santiago, S.L., Santín y Otero, S.C., Rosa María Santín Gómez, Susana Seoane Otero, Fogasa, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Auto

Magistrada jueza Paula Méndez Domínguez

En Santiago de Compostela, a diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.

Parte dispositiva

Dispongo:

Despachar orden general de ejecución de la Sentencia 4/2017, de 30 de diciembre de 2016, dictada en el procedimiento ordinario 26/2014 a favor de la parte ejecutante, Manuel Mantiñán Suárez, frente a Forjas de Santiago, S.L., Santín y Otero, S.C., Rosa María Santín Gómez, Susana Seoane Otero, Fogasa, parte ejecutada, por importe de 5.753,14 euros en concepto de principal (4.155,74 euros en concepto de complemento de IT, 1.597,4 euros en concepto de intereses del artículo 29.3 del ET respecto de la cantidad anterior), más otros 575,31 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La jueza La letrada de la Administración de justicia

Decreto

Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

En Santiago de Compostela a diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.

Parte dispositiva

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

– Requerir a las ejecutadas Forjas de Santiago, S.L., Santín y Otero, S.C., Rosa María Santín Gómez, Susana Seoane Otero a fin de que en el plazo de diez días abonen la cantidad de 5.753,14 euros en concepto de principal (4.155,74 euros en concepto de complemento de IT, 1.597,4 euros en concepto de intereses del artículo 29.3 del ET respecto de la cantidad anterior), más otros 575,31 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación, ingresando dicho importe en la cuenta de este juzgado, abierta en Banco Santander con el número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (nº expediente judicial 1589 0000 64 0257 17), con apercibimiento de que, en caso de no cumplimentar el requerimiento en el plazo conferido, se procederá al embargo de sus bienes para cubrir dicha suma, previa averiguación de los mismos a través de la aplicación informática de este juzgado.

– Requerir a Forjas de Santiago, S.L., Santín y Otero, S.C., Rosa María Santín Gómez, Susana Seoane Otero, a fin de que, en el plazo de diez días, manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérseles también multas coercitivas periódicas.

– Requerir a la parte ejecutante Manuel Mantiñán Suárez, para que aporte número de cuenta bancaria de su titularidad, a fin de transferir las cantidades que, en su caso, pudieran obtenerse en la presente ejecución.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS.

La letrada de la Administración de justicia»

Y para que sirva de notificación en legal forma a Forjas de Santiago, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia