La Orden de 21 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de las personas desempleadas paradas de larga duración y se procede a su convocatoria para el año 2017 (Diario Oficial de Galicia núm. 68, de 6 de abril), establece en su artículo 4, en el cual se recogen los créditos que financian la orden, que estos importes podrán ser objeto de modificaciones como consecuencia de la asignación o de la redistribución de fondos para la financiación de los programas de fomento del empleo.
Podrá ampliarse la cuantía máxima de este crédito para esta convocatoria. El incremento de crédito estará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito, de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.
En consecuencia, como existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines como consecuencia de la existencia de remanentes en el mismo programa y de la incorporación de fondos, es necesario ampliar el importe de los créditos destinados a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la orden que se cita en esta disposición, con la finalidad de hacer llegar éstas al mayor número de beneficiarios posible.
Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,
RESUELVO:
Artículo primero.
Se amplía el importe total de las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 21 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a la contratación por cuenta ajena de las personas desempleadas paradas de larga duración y se procede a su convocatoria para el año 2017 (Diario Oficial de Galicia núm. 68, de 6 de abril), en la siguiente cuantía y aplicación presupuestaria que figura dotada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017:
09.40. 322C 470.4, en el código de proyecto 2016 00 316, en la cuantía de 466.959,55 €.
Artículo segundo.
Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.
Disposición final única.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 29 de noviembre de 2017
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria