Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 23 de noviembre de 2017 Pág. 53750

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (246/2017).

Alberto López Luengo, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hace saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 246/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Elías García Cereijo, Joaquín Fernández Fuentes, Raúl Maso Otero, José Manuel Pena Faría, José Varela Otero, Enrique Cochón García, Sergio Parada Pastoriza contra el Fondo de Garantía Salarial y Excavaciones y Canalizaciones del Noroeste, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Que estimo la demanda interpuesta por Elías García Cereijo, Joaquín Fernández Fuentes, Raúl Maso Otero, José Manuel Pena Faría, José Varela Otero, Enrique Cochón García, Sergio Parada Pastoriza, frente a la empresa Excavaciones y Canalizaciones del Noroeste, S.L, declaro improcedente el despido de los trabajadores demandantes y, asimismo, declaro extinguida la relación contractual entre los mismos y la empresa demandada referida, condenando a la misma a que abone a los demandantes las siguientes cantidades en concepto de indemnización, así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente resolución, atendido el salario regulador diario apuntado:

A Elías García Cereijo 22.948,02 €, salvo error aritmético, siendo el salario regulador diario de 52,56 €; a Joaquín Fernández Fuentes 23.114,80 € salvo error aritmético, siendo el salario regulador diario de 53,79 €; a Raúl Maso Otero 21.436,65 € salvo error aritmético, siendo el salario regulador diario de 50,32 €; a José Manuel Pena Faría 22.801,06 € salvo error aritmético, siendo el salario regulador diario de 53,52 €; a José Varela Otero 20.694,41 € salvo error aritmético, siendo el salario regulador diario de 53,79 €; a Enrique Cochón García 4.106,80 € salvo error aritmético, siendo el salario regulador diario de 55,31 €; y a Sergio Parada Pastoriza 5.782,14 € salvo error aritmético, siendo el salario regulador diario 52,56 €.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme establecen los artículos 191 y siguientes la Ley reguladora de la jurisdicción social, debiendo anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia. La recurrente, con la interposición del recurso y con las excepciones previstas en el artículo 229 del texto citado, deberá consignar la suma de 300 euros en la cuenta que este juzgado tiene abierta en la oficina principal de Banesto de esta ciudad, bajo la denominación de depósitos y consignaciones, con el número 5081, especificando la clave 65 al tratarse de un recurso de suplicación.

Asimismo, y con la excepción prevista en el artículo 230 del texto mencionado, será indispensable acreditar, en el momento del anuncio del recurso, haber consignado en la cuenta anteriormente citada la cantidad objeto de condena, si bien puede procederse a asegurar la suma por medio de aval bancario, con responsabilidad del avalista.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Excavaciones y Canalizaciones del Noroeste, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 30 de octubre de 2017

El letrado de la Administración de justicia