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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 23 de noviembre de 2017 Pág. 53763

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (DOI 518/2017).

Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento despido objetivo individual 518/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Veleiro Rendo contra Mármoles Alende, S.L. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2017.

Sentencia:

Fallo:

Estimo la demanda en materia de despido interpuesta por la representación procesal de la parte actora y, ante la imposibilidad de readmisión, declaro extinguida la relación laboral del actor con Mármoles Alende, S.L. a fecha de esta resolución, condenando a Mármoles Alende, S.L. al abono de los salarios de trámite, calculados a razón de 56,45 euros/día.

En concepto de indemnización, debe abonar al actor la cantidad de 71.121,99 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Mármoles Alende, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia