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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Lunes, 20 de noviembre de 2017 Pág. 53270

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (120/2016).

Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 120/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Ramón García Rey contra Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., Ilunión Seguridad, S.A.U. y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia.

Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2017.

Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el nº 120/2016, siendo parte en el mismo, como demandante, José Ramón García Rey, asistido por la letrada Sra. Rodríguez Enríquez y, como demandados, Ilunión Seguridad, S.A.U., asistida por la letrada Sra. Espiño Fuentes, y Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., que no comparece pese a su citación en legal forma, al igual que el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), citado de oficio, ha pronunciado esta sentencia, en nombre del rey, con base en los siguientes

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por José Ramón García Rey y, en consecuencia, se condena a la demandada Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A. a abonar al actor la cantidad de 2.913,91 euros, más intereses por mora del 10 %. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fogasa, en su caso. Se absuelve a la codemandada Ilunión Seguridad, S.A.U. de las pretensiones ejercitadas en su contra.

Notifíquese la presente resolución a las partes, contra la que no cabe recurso de suplicación.

Así lo acuerda, manda y firma Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de ese juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia