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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 14 de noviembre de 2017 Pág. 52292

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2017 por la que se aprueban y publican las bases reguladoras de los premios de investigación sobre VIH y/u otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2017.

A principios de los años 80 del siglo XX, irrumpe en todo el mundo el VIH (virus de inmunodeficiencia humana) que provocaba una enfermedad mortal llamada sida (síndrome de inmunodeficiencia adquirida). Esta enfermedad generó una gran alarma social debido a que era una enfermedad mortal, de causa y vías de transmisión desconocidas. Desde ese momento, se inicia una intensa actividad investigadora multidisciplinar que permitió identificar al agente causal de la enfermedad, disminuir de una forma muy importante su mortalidad y aumentar la calidad de vida de las personas afectadas.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (en adelante, ACIS) es una agencia pública autonómica que se encuadra dentro de las entidades públicas instrumentales reguladas en el título III de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, siéndole aplicable la citada regulación, excepto lo relativo al personal y a los elementos de su organización, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, y en su normativa específica, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre.

ACIS, adscrita a la consellería competente en materia de sanidad a través del Servicio Gallego de Salud, tiene personalidad jurídica propia, patrimonio y tesorería propios y autonomía en su gestión, en los términos que puntualicen las leyes.

ACIS tiene como fines generales y objetivos básicos actuar, en régimen de descentralización funcional, como un instrumento de gestión de la formación en el Sistema público de salud de Galicia, así como el fomento y la coordinación de la investigación en las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, la coordinación y el impulso de la actividad innovadora de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, y la evaluación de tecnologías y servicios sanitarios, así como la formación continuada de los profesionales de las instituciones sanitarias.

El artículo 19 de los estatutos de ACIS, aprobados mediante el Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos, atribuye al Área de Planificación y Promoción de la Investigación Sanitaria «la planificación, promoción, coordinación, ejecución y evaluación de la investigación sanitaria del Sistema público de salud de Galicia», a través del desempeño de las siguientes funciones:

«Artículo 19.j). Proponer la convocatoria de becas, ayudas y premios, y otras medidas de fomento de la investigación sanitaria, así como su seguimiento, asesoramiento, difusión de resultados y apoyo a investigadores y registros de la materia».

Por este motivo, la Presidencia de ACIS, a la vista de la propuesta formulada por el Área de Planificación y Promoción de la Investigación Sanitaria y de la certificación relativa al control por el Consejo Rector de la ACIS de la convocatoria de los premios, resolvió aprobar la propuesta de la convocatoria de los premios de investigación del VIH y/o otras infecciones de transmisión sexual 2017.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1. Objeto

1. Aprobar las bases reguladoras de los premios de investigación sobre VIH y/u otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2017, que se incorporan a esta resolución como anexo.

2. Los premios son los siguientes:

– El primer premio constará de un certificado acreditativo y de una dotación en metálico de tres mil euros (3.000,00 €).

– El segundo premio constará de un certificado acreditativo y de una dotación en metálico de mil quinientos euros (1.500,00 €).

Artículo 2. Financiación

Para la financiación de estos premios está previsto un crédito de cuatro mil quinientos euros (4.500,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 2017-11A1-561C-640.1/Proyecto 2016/00004 de sus presupuestos del año 2017.

Disposición adicional primera. Datos de carácter personal

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de este procedimiento serán incluidos en un fichero denominado «Relaciones comerciales y económicas con terceros» con el objeto de gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su tramitación. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica-Servicio Gallego de Salud. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Secretaría General Técnica, Consellería de Sanidad, Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15703 Santiago de Compostela; o a través de un correo electrónico a
secretaria.xeral@sergas.es

Disposición final primera Órgano responsable

ACIS adoptará las medidas oportunas para el seguimiento, evaluación, difusión y ejecución del Premio.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta resolución será aplicable desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de octubre de 2017

Jesús Vázquez Almuíña
Presidente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

ANEXO
Bases reguladoras de los premios de investigación sobre VIH
y/u otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2017

Artículo 1. Objeto

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS) promueve y convoca los premios de investigación sobre VIH y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2017.

La finalidad de estos premios es promover la investigación en este campo, dar publicidad a la investigación gallega sobre estas enfermedades y reconocer públicamente el trabajo que las personas investigadoras vienen realizando para aumentar la calidad y esperanza de vida de las personas afectadas.

Artículo 2. Presupuesto y normativa reguladora

1. Para financiar estos premios ACIS tiene previsto un crédito de cuatro mil quinientos euros (4.500,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 2017-11A1-561C-640.1/Proyecto 2016/00004 de sus presupuestos del año 2017.

2. Se entregará un primero y un segundo premio. El primer premio con un importe de tres mil euros (3.000,00 €) será concedido a la primera persona firmante del artículo científico mejor valorado. El segundo premio con un importe de mil quinientos euros (1.500,00 €) se concederá a la primera persona firmante del segundo artículo científico mejor valorado.

Los premios quedarán sometidos a las retenciones que correspondan en concepto de impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Además, se entregará un certificado acreditativo de la concesión de los premios a cada persona autora del artículo. Este premio es compatible con otros premios o distinciones.

3. La tramitación de estos premios se realizará con sujeción a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, y en lo que pueda ser aplicable la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento.

Artículo 3. Ámbito de aplicación

Investigación científica sobre VIH y otras ITS realizada en institutos, centros, universidades o agencias de investigación gallegas así como en cualquier centro gallego que aborde este tipo de patologías.

Artículo 4. Candidatos/as

Serán candidatas las personas físicas investigadoras vinculadas a centros incluidos en el ámbito de aplicación de estas bases.

Artículo 5. Requisitos de los artículos seleccionados

1. Los artículos deben tener relación directa con la infección por el VIH y/o las demás ITS.

2. Los artículos tienen que estar indexados en alguna de las siguientes bases de datos bibliográficas: Medline/PubMed, Embase, IBECS (Índice Bibliográfico Español de Ciencias de la Salud), CiberIndex (Fundación Index), en los repositorios de las universidades gallegas: Minerva (Universidad de Santiago de Compostela), RUC (Universidad de A Coruña) e Investigo (Universidad de Vigo); en ISOC, Medes, Fundación Lilly, Psicodoc, Dialnet, Scopus y Eric.

3. La persona física investigadora autora del artículo seleccionado debe acreditar su vinculación a algún centro incluido en el ámbito de aplicación de estas bases en el momento de la elaboración del artículo.

Artículo 6. Composición del jurado

Los artículos serán evaluados por un jurado compuesto por las siguientes personas miembros:

– Presidente/a: persona que ostente la titularidad de la Dirección General de Salud Pública, o persona en quien delegue, que dispondrá de voto de calidad.

– Secretario/a: una persona técnica del Plan gallego anti VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS).

– Los vocales serán una persona representante de cada una de las siguientes unidades administrativas:

1. Agencia Gallega del Conocimiento en Salud (ACIS).

2. Bibliosaúde.

3. Subdirección General de Información sobre Salud y Epidemiología (Consellería de Sanidad).

4. Subdirección General de Promoción Científica y Tecnológica Universitaria (Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria).

5. Sociedad Gallega Interdisciplinaria de Sida (Sogaisida).

6. Faraxa: organización no gubernamental (ONG) vinculada al campo del VIH y de otras ITS.

En la composición de los miembros del jurado se procurará alcanzar una composición equilibrada entre hombres y mujeres.

No pueden ser candidatos/as al premio los miembros del jurado o personas vinculadas a ellos por parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo.

Artículo 7. Criterios de selección de los artículos ganadores

La elección de los artículos premiados se hará en base a los criterios que se recogen a continuación, en los que se valorarán los aspectos que en cada uno de ellos se indican:

1. La calidad científico-técnica del artículo: 0-20 puntos.

La exposición clara de la introducción, concreción de los objetivos, metodología científica bien definida, análisis estadístico de los resultados, discusión bien argumentada con bibliografía actualizada, conclusiones que se adaptan a los resultados del estudio, etc.

2. El impacto positivo de la investigación en la calidad y esperanza de vida de las personas afectadas: 0-20 puntos.

En qué medida el estudio repercutirá en la calidad y/o esperanza de vida de las personas afectadas (mejora de su evolución clínica, creación de recomendaciones para la asistencia de estas personas, etc.)

3. El éxito de la investigación en el cambio de actitudes en personas con prácticas de riesgo para las ITS: 0-15 puntos.

Los estudios sobre técnicas de modificación de actitudes y conductas de riesgo que resulten efectivas.

4. Realizar la investigación en grupos de elevada prevalencia de ITS: 0-10 puntos.

Grupos de elevada prevalencia de ITS son las personas que se inyectan drogas, las personas que ejercen la prostitución, los hombres que tienen sexo con otros hombres, las personas internas en prisión y las personas originarias de países de elevada prevalencia.

5. Aspectos innovadores en el abordaje de la investigación: 0-10 puntos.

Los aspectos innovadores hacen mención a la incorporación de nueva metodología de estudio, nuevos enfoques, nuevos instrumentos, etc.

6. El carácter multidisciplinar del equipo investigador: 0-10 puntos.

La formación de los distintos autores de los artículos.

Artículo 8. Selección de los artículos ganadores

El jurado de este premio hará una revisión bibliográfica de todos los artículos científicos publicados el año anterior a la concesión del premio (año 2016) que cumplan con los requisitos de estas bases reguladoras.

El jurado se reunirá y valorará los artículos recopilados en función de los criterios de selección establecidos en el artículo 7.

El jurado elaborará una acta en la que conste el resultado motivado de esta evaluación con la propuesta de la persona o personas galardonadas. A la vista de dicha acta, la persona que actúe de secretaria del jurado le comunicará a las personas propuestas como galardonadas el acuerdo de concesión adoptado por el jurado junto con las condiciones y los términos en los que se propone otorgar el premio.

A continuación, les solicitarán la aceptación expresa de los premios. Las personas investigadoras que acepten el premio presentarán la acreditación de su vinculación a algún centro incluido en el ámbito de aplicación de estas bases en el momento de la elaboración del artículo. La decisión del jurado será inapelable.

En aquellos aspectos no previstos en estas bases en relación con el funcionamiento del jurado como órgano colegiado se aplicará lo previsto en los artículos 14 a 21 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

Artículo 9. Resolución

A la vista de dicha acta y de la aceptación expresa del premio, la persona titular de la presidencia de ACIS dictará la resolución del premio que será inapelable, y se hará pública a través del Diario Oficial de Galicia y de las páginas web del Servicio Gallego de Salud www.sergas.es y ACIS www.acis.sergas.es

Artículo 10. Entrega de premios

Se hará entrega de los premios en un acto público en la Consellería de Sanidad.

Artículo 11. Difusión de la actividad investigadora premiada

La aceptación del premio lleva implícito el consentimiento para que ACIS y la Consellería de Sanidad difundan en los medios que consideren más apropiados la siguiente información:

– El título de los artículos ganadores.

– La identidad de sus autores/as.

– El nombre de los centros o instituciones donde se elaboraron los trabajos de investigación.