Visto el expediente para otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: A Batundeira, 2, 32960 Velle.
Denominación: reforma MT para suministro a la ampliación del Complejo Hospitalario de Ourense: LMTS, en conductor RHZ1 1x240 Al, BBA801, BBA803, VLL804, y de los CC.SS. Residencia II, Residencia I y Rairo.
Situación: Ourense.
Características técnicas:
Reforma y adecuación CS 32CCX0 Residencia II, con la sustitución de las celdas existentes por cuatro celdas de línea modulares tipo SF6 telecontroladas.
Reforma y adecuación CS 32CBC5 Residencia I, con la sustitución de las celdas existentes por cuatro celdas de línea modulares tipo SF6 telecontroladas.
Reforma y adecuación CS 32C671 Rairo, con la instalación de una celda de línea tipo SF6 telecontrolada y una celda de acoplamiento y de remonte.
LMT subterránea, a 20 kV de 456 m, con conductor RHZ1 12/20kV 1×240 mm2 Al, con origen en la LMTS existente BBA803 del CT A Saínza 32C685 y final en la LMTS existente BBA803 al CT A Saínza II, 32C690 conectando los CTT 32CX35, 32CS74, 32CBH9, 32CN70 y 32CH7.
LMT subterránea, a 20 kV de 346 m, con conductor HZ1 12/20kV 1×240 mm2 Al, con origen en la LMTS existente BBA801 al CS 32CB5 Residencia I.
LMT subterránea, a 20 kV de 95 m, con conductor RHZ1 12/20kV 1×240 mm2 Al, con origen en la celda de línea del CS 32CCXO Residencia II y final en la celda de línea del CS 32CB5 Residencia I.
LMT subterránea, a 20 kV de 187 m, con conductor RHZ1 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en la celda de línea del CS 32CCX0 Residencia II, y final en la LMTS existente al CT 32CDT5 Ramón Puga.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba indicado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación o publicación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Ourense, 16 de octubre de 2017
Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense