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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 3 de noviembre de 2017 Pág. 51007

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 19 de octubre de 2017 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 2 de noviembre de 2016, recaida en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/60/2013-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 26 de septiembre de 2017, resolución por la que se estima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 2 de noviembre de 2016, recaida en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/60/2013-RP1, revocando dicha resolución en el extremo relativo a la parcelación urbanística indicado en las consideraciones legales de la Resolución de 2 de noviembre de 2016 y en la caducidad de la acción prevista en el artículo 153 de la Ley del suelo de Galicia con respecto a las edificaciones emplazadas en las parcelas 650 y 651 del polígono 83, del ayuntamiento de Vilalba.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Antonio Pernas Cendán, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de ocutbre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, el interesado puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística