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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 3 de noviembre de 2017 Pág. 50942

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 16 de octubre de 2017 por la que se clasifica de interés laboral la Fundación Ricardo Díaz para a Mellora da Calidade de Vida, o Benestar e a Asistencia Social dos Profesionais do Sector do Transporte en Galicia.

Examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Ricardo Díaz para a Mellora da Calidade de Vida, o Benestar e a Asistencia Social dos Profesionais do Sector do Transporte en Galicia, con domicilio en la cuesta de San Marcos número 3, en Santiago de Compostela (A Coruña).

Hechos.

1. El 5 de mayo de 2017 María Elisa Otero López, presidenta del Patronato de la Fundación, formuló solicitud de clasificación para los efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Ricardo Díaz para a Mellora da Calidade de Vida, o Benestar e a Asistencia Social dos Profesionais do Sector do Transporte en Galicia, se constituyó en escritura pública otorgada en Ourense el 7 de abril de 2017, ante el notario Daniel Balboa Fernández, con número de protocolo 618, por la Asociación Empresarial de Transporte de Mercadorías por Estrada de Galicia, Apetamcor, y la Federación Galega de Asociacións Empresariais e Profesionais do Transporte, Fegatrans, que actúan representadas por José Manuel Rodríguez Rodríguez e María Elisa Otero López, presidente y secretaria general respectivamente de las dos entidades.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto promover la mejora de la calidad de vida, el bienestar y la asistencia social de los profesionales del sector del transporte que desarrollan su actividad profesional en Galicia, así como de sus familias y de las personas vinculadas a estos, durante el tiempo de desarrollo de su vida profesional y cuando alcanzan la situación legal de jubilación o bien cesan anticipadamente en su actividad profesional por cualquiera causa ajena a su voluntad.

4. El patronato inicial de la Fundación está formado por María Elisa Otero López, secretaria general de Apetamcor e Fegatrans, como presidenta; José Manuel Rodríguez Rodríguez, presidente de Apetamcor e Fegatrans, como vicepresidente; Alberto Vila González como secretario; y Camilo González Bermúdez, Gloria Álvarez Hervera, Sonia Gil Martínez y María Elena Rodríguez González como vocales.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva el vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés laboral de la Fundación Ricardo Díaz para a Mellora da Calidade de Vida, o Benestar e a Asistencia Social dos Profesionais do Sector do Transporte en Galicia, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés laboral y su adscripción a la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Consideraciones legales.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del registro de fundaciones de interés gallego, corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales en su reunión del día 9 de octubre de 2017.

DISPONGO:

Clasificar de interés laboral la Fundación Ricardo Díaz para a Mellora da Calidade de Vida, o Benestar e a Asistencia Social dos Profesionais do Sector do Transporte en Galicia, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponer previamente y con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2017

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia