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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Jueves, 2 de noviembre de 2017 Pág. 50778

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 30 de octubre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones agrarias, y se convocan para el año 2017.

BDNS (Identif.): 368726.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán acogerse a estas ayudas los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, entendiendo como tales aquellos que ejercen la actividad agraria organizando los bienes y derechos integrantes de la explotación con criterios empresariales y asumiendo los riesgos y responsabilidades civil, social y fiscal que puedan derivarse de la gestión de la explotación, de las zonas declaradas de alerta o de prealerta por sequía en el año 2017 en las demarcaciones hidrográficas de Galicia Costa, Miño-Sil y del Duero en el momento de publicación de esta convocatoria.

Quedan excluidos los titulares de explotaciones de autoconsumo o sin actividad comercial.

Segundo. Objeto

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de minimis, destinadas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones agrícolas y ganaderas en aquellas zonas afectadas por una declaración de sequía en la zona geográfica en la que están asentadas y proceder a su convocatoria para el año 2017 (procedimiento MR405C).

Las ayudas contempladas en esta orden tienen como finalidad facilitar el acceso al agua a las explotaciones agrícolas y ganaderas que basan sus producciones en superficies de cultivos.

Tercero. Bases reguladoras

Estas ayudas se otorgarán al amparo de lo dispuesto en esta Orden de 30 de octubre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a garantizar el suministro de agua a las explotaciones agrarias, y se convocan para el año 2017.

Cuarto. Importe

1. El importe global de estas ayudas es de 925.000 euros.

2. El importe de la ayuda será del 50 % de los costes subvencionables.

3. El importe máximo de la subvención por beneficiario no superará los 5.000 euros. En todo caso, los límites de intensidad de la ayuda son los especificados en el Reglamento nº 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector agrícola (15.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales, el actual y los dos anteriores).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Inversiones subvencionables

Serán subvencionables los siguientes conceptos:

a) Nuevas estructuras y mejora de las estructuras existentes para el abastecimiento de agua tales como balsas de almacenamiento, abrevaderos, conducciones para el abastecimiento de los mismos, siempre que no suponga una nueva captación de agua.

b) Equipos para la mejora del abastecimiento de agua a las explotaciones ganaderas, como cisternas móviles o abrevaderos móviles.

c) En general, servicios de abastecimiento de agua a las explotaciones agrarias.

Santiago de Compostela, 30 de octubre de 2017

Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias