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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 27 de octubre de 2017 Pág. 50022

III. Otras disposiciones

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2017 por la que se crea la Unidad de Oncología Pediátrica de Galicia.

El cáncer infantil es un grupo de enfermedades de gran relevancia social en términos de salud, recursos, así como de impacto afectivo en la sociedad. Aunque los casos de cáncer en menores de 19 años son pocos, es la segunda causa de muerte en la infancia y adolescencia, por tanto, una línea prioritaria de acción en el Servicio Gallego de Salud.

Actualmente es curable en más del 75 % de los casos y las tasas de supervivencia en la actualidad se consiguen impulsando el diagnóstico precoz, el tratamiento y la investigación en unidades asistenciales acreditadas y con experiencia.

Según los datos del Servicio Gallego de Salud, la población correspondiente a las diferentes áreas sanitarias engloba la totalidad de los ciudadanos gallegos (2.661.503 habitantes), de los que 312.487 corresponden a ciudadanos en edad pediátrica (hasta los 14 años), además de aquellos que se corresponden con ciudadanos de mayor edad que pueden ser subsidiarios de continuar siendo seguidos por los servicios de pediatría. Esta población es atendida básicamente, en lo que a procesos de tipo oncológico se refiere, en los hospitales de Vigo, Santiago de Compostela y A Coruña, llevándose a cabo diferentes procedimientos diagnósticos, de seguimiento y de tratamiento de procesos más sencillos en el resto de centros de la red sanitaria gallega.

El eje hospitalario de los centros de Vigo, Santiago de Compostela y A Coruña cuenta con una serie de características que hacen posible la elaboración de estrategias suprahospitalarias, tanto en el ámbito asistencial como en el campo de la investigación y la docencia, así como en el desarrollo de campañas de educación sanitaria hacia la población en el campo de la prevención, diagnóstico y detección precoz de estas patologías.

El seguimiento de los pacientes tratados de cáncer infantil no finaliza en el momento en que se hace el tratamiento. Cada vez son más los niños supervivientes de cáncer infantil que precisan de un seguimiento continuado a largo plazo, próximo, coordinado y superespecializado, debido al riesgo de sufrir secuelas o problemas de salud secundarios al tratamiento recibido.

Los pacientes, y en especial los niños, tienen una serie de derechos reconocidos que deben respetarse: a recibir el mejor tratamiento posible, a estar en un entorno apropiado para su edad rodeado de pacientes con enfermedades similares, a tener un médico especialista en pediatría encargado da su atención y a la asistencia continuada.

El Área de Servicio Compartido de Oncología Pediátrica promueve la constitución de una fórmula de organización que oferta y presta un servicio integral asistencial de oncología pediátrica, con una cartera de servicios protocolizada desde acciones de menor a mayor complejidad, tanto en actividad programada como urgente. Contaría con tres centros de producción dotados con instalaciones de la tecnología necesaria: Chuvi, CHUS y CHUAC, que atenderán estos procesos según los acuerdos que se establezcan en sus protocolos clínicos.

El modelo de organización y funcionamiento en red transciende los criterios de derivación estándar del servicio de salud, estableciendo circuitos propios para la atención a oncología pediátrica con una visión suprahospitalaria. Se trata de emplear la totalidad de los recursos asistenciales disponibles en el Servicio Gallego de Salud para la atención del cáncer infantil de manera coordinada, que permita la disponibilidad de toda la información clínica del paciente, comparta criterios clínicos, aproveche el conocimiento interno de la organización y que consiga un alto grado de homogeneidad en las decisiones clínicas, eliminando la variabilidad; al tiempo, permitirá la participación de los diferentes casos clínicos en los estudios de investigación que aporten valor añadido a los recursos hacia una mejor atención para los casos futuros.

Esta fórmula organizativa tiene su amparo normativo en la Ley 8/2008, de salud de Galicia, que, en su artículo 32, establece como principios rectores del Sistema Público de Salud de Galicia, potenciar el trabajo y la cooperación interhospitalaria, acercar los servicios a los ciudadanos y promover la equidad en el acceso a las prestaciones sanitarias. Al mismo tiempo, el artículo 97 apuesta por modelos de gestión dinamizadores del servicio público a través de fórmulas organizativas integradoras de procesos asistenciales, utilizando medidas que fomenten la coordinación, colaboración y cooperación, superando la compartimentación existente entre hospitales.

Hace falta subrayar que con la puesta en marcha de esta unidad se pretende generar una estructura organizativa asistencial de calidad, capaz de mejorar aspectos da organización existente, creando un modelo estructurado, flexible y adaptado a los centros, promoviendo una organización de servicios más integrada y compartiendo, de forma más eficiente, los recursos públicos, profesionales y técnicos para la resolución de los procesos de oncología pediátrica con las mayores garantías de calidad y seguridad para los pacientes.

No obstante, en todo lo no establecido específicamente en la presente resolución, será de aplicación lo reflejado en el Decreto 37/2001, de 1 de febrero.

Por todo ello, al amparo de lo dispuesto en la Ley de salud de Galicia, elaborado el Plan asistencial de dicha Unidad de Oncología Pediátrica de Galicia en colaboración con las gerencias de las EOXI y profesionales implicados y, una vez emitido informe favorable de la Dirección General de Asistencia Sanitaria,

RESUELVO:

La creación de la Unidad de Oncología Pediátrica de Galicia, aunando los recursos de las estructuras organizativas de Gestión Integrada de Vigo, Santiago de Compostela y A Coruña.

Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2017

Antonio Fernández-Campa García-Bernardo
Gerente del Servicio Gallego de Salud