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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 26 de octubre de 2017 Pág. 49889

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (122/2017).

Procedimiento ordinario (PO) 122/2017

Demandante: Rafael del Río de la Rosa

Abogado: Evaristo Pedro Estévez Vila

Demandados: Bodegas Montemar, S.L., Venta y Distribución de Bebidas Galicia Sur, S.L., Fogasa

Abogados: (…), (…), letrado de Fogasa

Yo, Alberto López Luengo, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de Rafael del Río de la Rosa contra Bodegas Montemar, S.L., Venta y Distribución de Bebidas Galicia Sur, S.L. y Fogasa, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 122/2017, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Bodegas Montemar, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 2 de noviembre de 2017, a las 11.05 horas, en la planta baja, sala 1, Edificio Audiencia, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidas de abogado o representadas técnicamente por graduado social colegiado, o representadas por procurador, pondrán esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Bodegas Montemar, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Pontevedra, 4 de octubre de 2017

El letrado de la Administración de justicia