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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Martes, 17 de octubre de 2017 Pág. 48544

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 22 de septiembre de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2017351TA-PO, por infracción en materia sanitaria.

El 1 de septiembre de 2017 la jefa territorial de Pontevedra dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador núm. 2017351TA-PO contra Antonio González González, con DNI 35563375Q, como titular del establecimiento Bar Puzzle.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a Antonio González González el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, avenida Fernández Ladreda, núm. 43-1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de dicha ley.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, de acuerdo con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015.

Se le advierte de que antes de la resolución del procedimiento tiene derecho a las reducciones establecidas en el artículo 85 de la Ley 39/2015.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 22 de septiembre de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número de expediente: 2017351TA-PO.

Denunciado: Antonio González González.

DNI: 35563375Q.

Dirección: Lg. O Soutiño 1, Moreira, 36863 Ponteareas.

Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Preceptos presuntamente infringidos:

Disposición adicional tercera. Señalización de los centros o dependencias en los que existe prohibición de fumar y zonas habilitadas para fumar.

«En los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco y los lugares, en los que, en su caso, se encuentren las zonas habilitadas para fumar. Estos carteles estarán redactados en castellano y en la lengua cooficial, con las exigencias requeridas por las normas autonómicas correspondientes».

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 19.2.d) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Sanción propuesta: setenta y cinco euros (75 €).