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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Viernes, 6 de octubre de 2017 Pág. 47229

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra

EDICTO (132/2016).

Yo, José Luis Gutiérrez Martín, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente

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En el presente procedimiento ordinario 132/2016, seguido a instancia de Julio Campos Santos frente a Emilio Nava Peláez y Benito Montes Areal, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Pontevedra, 28 de febrero de 2017.

Vistos por Manuel Marquina Álvarez, magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario número 132/2016, seguidos a iniciativa de Julio Campos Santos, representado por la procuradora Sra. Angulo Gascón y asistido por el letrado Sr. González Cuenca, frente a Benito Montes Areal, representado por el procurador Sr. Fernández Sampedro y asistido por el letrado Sr. R. Varela, y a Emilio Nava Peláez, rebelde».

«Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por Julio Campos Santos contra Emilio Nava Peláez y Benito Montes Areal, y se condena a los dos demandados a abonar, de manera solidaria, al actor la cantidad de 21.569,94 euros más el interés legal a computar desde el día 20 de junio de 2016. Sin expreso pronunciamiento sobre el pago de las costas procesales.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte (20) días, por escrito y expresando los motivos por los que se recurre, ante la Audiencia Provincial de Pontevedra. De acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica del poder judicial, las partes, para poder presentar el recurso, tendrán que consignar la cantidad de 50 euros en la cuenta de este juzgado abierta en el Banco Santander. Están exentos de esta obligación los titulares del derecho a la justicia gratuita».

Encontrándose dicho demandado, Emilio Nava Peláez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Pontevedra, 3 de marzo de 2017

El letrado de la Administración de justicia