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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Viernes, 6 de octubre de 2017 Pág. 47266

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y de la necesidad de urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2016/690-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo 204, 36207 Vigo.

Denominación: LMTS SDM704, CT Raviso.

Situación: Vigo.

Características técnicas: LMT subterránea a 15 kV con conductor RHZ de 417 metros de longitud, con origen en la celda de línea existente en el centro de seccionamiento Mercadona Sárdoma y final en el centro de transformación proyectado Raviso. Centro de transformación de 630 kVA, RT 15 kV/400-230 V, situado en la carretera de Miraflores 3, Sárdoma, Vigo.

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG de 31 de enero, en el BOP de 2 de febrero, en el periódico Faro de Vigo de 3 de febrero de 2017 y en tablón de anuncios del ayuntamiento de Vigo. También se notificó individualmente a los titulares de las fincas afectadas por la instalación según la relación facilitada por la empresa peticionaria. Durante el mencionado trámite se recibieron las siguientes alegaciones:

Con fecha 15 de febrero de 2017, María Estrella Alsira Masip Alejandro, actuando en su propio nombre y a beneficio, además , de la comunidad de propietarios de la que forma parte Maximiliano Masip Alejandro, Carlos Masip Alejandro y Estrella Alejandro Álvarez, presenta escrito de alegaciones ante esta jefatura territorial como titular de bienes y derechos afectados por la instalación LMTS SDM704, CT Raviso, expediente IN407A 2016/690-4.

Con fecha 12 de mayo de 2017, Maximiliano Masip Alejandro presenta escrito de alegaciones ante esta jefatura territorial como titular de bienes y derechos afectados por la instalación LMTS SDM704, CT Raviso expediente IN407A 2016/690-4.

Ambas alegaciones son remitidas a la empresa peticionaria para que realice las oportunas contestaciones.

Una vez examinadas las alegaciones formuladas por ambas partes y las respuestas de la empresa peticionaria, se concluye, según lo indicado en el informe del técnico de esta jefatura territorial de fecha 11 de septiembre de 2017 que procede el reconocimiento, en concreto, de utilidad pública para la instalación solicitada, a los efectos de expropiación forzosa.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, DOG núm. 54, de 19 de marzo, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa, autorización administrativa de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de los bienes afectados por la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 14 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Pontevedra, 12 de septiembre de 2017

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra