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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Miércoles, 4 de octubre de 2017 Pág. 46903

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2017 por la que se da publicidad a la encomienda de gestión a Tragsatec, ordenada por Resolución de 19 de septiembre de 2017, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, para la realización de tareas de gestión del Plan Reforma17.

En cumplimiento del artículo 9.3 y 8.4 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se procede a dar publicidad a la encomienda de gestión a Tragsatec, ordenada por Resolución de 19 de septiembre de 2017, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, para la realización de tareas de gestión del Plan Reforma17.

La actividad objeto de encomienda es la realización de cometidos de gestión y tramitación de los expedientes que se presenten al amparo del nuevo programa de ayudas del Plan Reforma 17.

2. Tragsatec cumple con los requisitos establecidos en los artículos 4.1.n) y 24.6 del Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, por disposición expresa de lo establecido en la disposición adicional vigesimoquinta del mismo texto legal, teniendo la consideración de medio propio instrumental de las comunidades autónomas y poderes adjudicadores de ella dependientes, como es el caso de Igape, y está obligada a realizar, con carácter exclusivo, los trabajos que estas le encomienden en la consecución de sus objetivos de interés público, en las materias señaladas en el apartado 4 de la disposición adicional 25ª del TRLCSP.

La relación de Tragsatec con la Consellería de Economía, Empleo e Industria-Igape tiene naturaleza instrumental y no contractual, siendo de carácter interno, independiente y subordinado, tal como resulta del artículo 2 del Real decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima y de sus filiales.

La Consellería de Economía, Empleo e Industria, a través del Igape, en su condición de órgano competente y promotor de las actuaciones, ejercerá en todo momento el control de la ejecución de la encomienda, la cual no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del encomendante, dictar los actos y resoluciones que den soporte a las tareas materiales objeto de encomienda.

Tragsatec actuará en el desarrollo de las actuaciones objeto de encomienda en calidad de entidad colaboradora en la gestión de ayudas públicas del Igape, al prestar apoyo en la gestión de las ayudas del Plan Reforma17, en los términos regulados en el artículo 9, 12 y concordantes de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, y sin que esta colaboración se extienda a la entrega y distribución de fondos.

3. El plazo de ejecución de los trabajos será de siete meses desde la fecha de inicio de la ejecución, pudiendo prorrogarse por igual período en caso de persistencia de la necesidad de la encomienda.

Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 2017

Juan M. Cividanes Roger
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica