De conformidad con el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y con los artículos 8 y 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico, se da publicidad a los siguientes encargos con las siguientes características:
1. Acuerdo de colaboración entre la Consellería de Hacienda y el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) por el que se encomienda la realización de verificaciones administrativas de las operaciones cofinanciadas en el programa operativo FSE (Fondo Social Europeo) Galicia 2014-2020, suscrito el 30 de junio de 2017.
– Actividad: el Igape realizará las verificaciones administrativas previstas en el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo del Consejo, de 17 de diciembre, en los casos de las ayudas de Estado y en las de minimis, donde la verificación tiene que hacerse de cada una de las entidades que reciben la ayuda en función del indicado en el artículo 2.10 y 2.13 del mencionado reglamento.
Estas verificaciones tienen carácter previo a la declaración del gasto y consisten en constatar que los productos y servicios cofinanciados se entregaron y prestaron, que el gasto declarado por los beneficiarios fue pagado, que cumple la legislación aplicable y que cumple las condiciones del programa operativo y las condiciones para el apoyo a la operación.
– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: encomienda de gestión intersubjectiva de las previstas en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico.
– Presupuesto: la realización de las actividades objeto de esta encomienda de gestión por parte del Igape tendrá carácter gratuito y no generará ni se liquidará tasa de ninguna naturaleza a favor de éste.
– Plazo de vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2023, fecha de finalización del período subvencionable previsto en el programa operativo FSE Galicia 2014-2020.
– Causas de resolución: la denuncia del acuerdo de colaboración por cualquiera de las partes, el incumplimiento total o parcial de alguna de las cláusulas que regulan este acuerdo de colaboración, el transcurso del tiempo estipulado sin que tengan realizadas las actividades acordadas o el mutuo acuerdo de las partes firmantes.
2. Resolución de 30 de junio de 2017, del conselleiro de Hacienda, por la que se encomienda a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia a realización de las verificaciones administrativas de las operaciones cofinanciadas en el programa operativo FSE (Fondo Social Europeo) Galicia 2014-2020.
– Actividad: la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, a través de la Secretaría General Igualdad, realizará las verificaciones administrativas previstas en el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, en los casos de las ayudas de Estado y en las de minimis, cofinanciadas con FSE dentro del PO FSE Galicia 2014-2020, en las que la verificación tiene que hacerse de cada una de las entidades que reciben la ayuda en función de lo indicado en el artículo 2.10 y 2.13 del mencionado reglamento.
Estas verificaciones tienen carácter previo a la declaración del gasto y consisten en constatar que los productos y servicios cofinanciados se entregaron y prestaron, que el gasto declarado por los beneficiarios fue pagado, que cumple la legislación aplicable y que cumple las condiciones del programa operativo y las condiciones para el apoyo a la operación.
– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: encargo de gestión intrasubjectiva de las previstas en el artículo 8 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico.
– Presupuesto: la realización de las actividades objeto de esta encomienda de gestión por parte de la Consellería de Economía, Empleo e Industria tendrá carácter gratuito y no generará ni se liquidará tasa de ninguna naturaleza a favor de ésta.
– Plazo de vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2023, fecha de finalización del período subvencionable previsto en el programa operativo FSE Galicia 2014-2020.
3. Resolución de 30 de junio de 2017, del conselleiro de Hacienda, por la que se encomienda a la Consellería de Economía, Empleo e Industria la realización de las verificaciones administrativas de las operaciones cofinanciadas en el programa operativo FSE (Fondo Social Europeo) Galicia 2014-2020 y Programa operativo de empleo juvenil (POEJ).
– Actividad: la Consellería de Economía, Empleo e Industria, a través de la Secretaría General de Empleo y de la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral, realizará las verificaciones administrativas previstas en el artículo 125 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, en los casos de las ayudas de Estado y en las de minimis cofinanciadas con FSE dentro del PO FSE Galicia 2014-2020 y POEJ, en las que la verificación tiene que hacerse de cada una de las entidades que reciben la ayuda en función de lo indicado en el artículo 2.10 y 2.13 del mencionado reglamento.
Estas verificaciones tienen carácter previo a la declaración del gasto y consisten en constatar que los productos y servicios cofinanciados se entregaron y prestaron, que el gasto declarado por los beneficiarios fue pagado, que cumple la legislación aplicable y que cumple las condiciones del programa operativo y las condiciones para el apoyo a la operación.
– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: encomienda de gestión intrasubjectiva de las previstas en el artículo 8 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico.
– Presupuesto: la realización de las actividades objeto de esta encomienda de gestión por parte de la Consellería de Economía, Empleo e Industria tendrá carácter gratuito y no generará ni se liquidará tasa de ninguna naturaleza a favor de ésta.
– Plazo de vigencia: hasta el 31 de diciembre de 2023, fecha de finalización del período subvencionable previsto en el programa operativo FSE Galicia 2014-2020.
Santiago de Compostela, 1 de septiembre de 2017
Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda