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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Lunes, 14 de agosto de 2017 Pág. 39216

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2017 por la que se resuelve la convocatoria de la Orden de 29 de marzo de 2017 por la que se convocaron ayudas de movilidad complementarias a las aportadas por la Unión Europea, en el marco del programa comunitario Erasmus+, destinadas al alumnado que cursó enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia en el curso 2016/17.

Mediante la Orden de 29 de marzo de 2017 se convocaron ayudas de movilidad complementarias a las aportadas por la Unión Europea, en el marco del programa comunitario Erasmus+, destinadas al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia en el curso 2016/17, y se aprobaron las bases de esta convocatoria.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de esta convocatoria, las solicitudes fueron estudiadas por la comisión evaluadora nombrada en la propia orden de convocatoria, la cual acordó la exposición de los listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, pudiendo las personas interesadas formular, durante un plazo de 10 días, las reclamaciones o subsanar las carencias o deficiencias detectadas en la documentación aportada ante la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

Finalizado este plazo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de las bases de la convocatoria, y atendiendo a la propuesta elevada por la citada comisión evaluadora a través de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa,

RESUELVO:

Artículo 1

Concederles ayudas de movilidad complementarias, en el marco del programa comunitario Erasmus+, al alumnado que cursa enseñanzas artísticas superiores en centros públicos de Galicia que se relaciona en el anexo de esta orden y por la cuantía que se especifica.

Las ayudas se abonarán en la cuenta bancaria indicada por la persona interesada, una vez presentado el anexo II de la orden de convocatoria (declaración responsable del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución para la misma finalidad de las distintas administraciones públicas competentes o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades, así como de estar al día en el cumplimiento de los deberes tributarios o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia), que podrá presentar ante el Registro General de la Xunta de Galicia o bien en cualquiera de los centros previstos en la Ley 29/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dirigido a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en Santiago de Compostela.

Artículo 2

El incumplimiento total o parcial, por parte de las personas beneficiarias, de cualquiera de las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria de 29 de marzo de 2017 (DOG de 11 de abril), y en esta orden, constituirá causa determinante de revocación de la ayuda y de su reintegro por las personas beneficiarias o solicitantes, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Artículo 3

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 31de julio de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Apellidos

Nombre

Centro (origen)

Cuantía adjudicada

Agudo Maza

Patricia

EASD Maestro Mateo

748,81 €

Álvarez Rodríguez

Lara

Escuela de Conservación y Restauración de BBCC

1.078,28 €

Blanco Pensado

Jonatan

EASD Pablo Picasso

748,80 €

Borges Diez

Lucas Santiago

ESAD de Galicia

1.078,27 €

Bouzada Salias

María Almendra

CMUS Superior de Vigo

718,85 €

Carballal Muiños

Alba

EASD Pablo Picasso

599,04 €

Castro Galán

Sara

EASD Maestro Mateo

898,56 €

Costa Marino

Miguel Antonio

CMUS Superior de Vigo

449,29 €

Crispín Pazo

Alba

EASD Antonio Failde

748,80 €

Férnandez Aguja

Estefanía

CMUS Superior de Vigo

399,36 €

Ferradás Pérez

Rita

EASD Antonio Failde

748,80 €

Ferreiro Martínez

Estefanía

EASD Pablo Picasso

748,80 €

Garrán Suárez

Inés

EASD Maestro Mateo

319,49 €

González Doldán

Raul

CMUS Superior de A Coruña

1.347,85 €

Hermo Martínez

Iago

CMUS Superior de A Coruña

1.078,27 €

Justo Román

Tania

CMUS Superior de Vigo

1.078,27 €

Lois Gómez

Andrea

EASD Pablo Picasso

399,36 €

López Pereira

Juan José

CMUS Superior de Vigo

1.347,85 €

López Picos

Andrea

EASD Pablo Picasso

599,04 €

López Rosales

Andrea

EASD Maestro Mateo

748,80 €

Manson Menéndez

Catrina María

EASD Pablo Picasso

599,04 €

Montenegro Omil

Noemí

EASD Maestro Mateo

449,28 €

Otero Blanco

Tania

CMUS Superior de Vigo

1.078,27 €

Pena Fernández

Sara

EASD Pablo Picasso

399,36 €

Ramilo Oya

Iago

CMUS Superior de Vigo

1.347,85 €

Rodríguez García

Elena

CMUS Superior de A Coruña

1.078,27 €

Ronco Blanco

Pablo

CMUS Superior de Vigo

479,23 €

Seoane Sesar

Diego

CMUS Superior de A Coruña

718,86 €

Sío Alonso

Patricia

CMUS Superior de Vigo

1.347,84 €

Suerio Iglesias

Inés

EASD Maestro Mateo

319,49 €

Suerio Iglesias

Inés

EASD Maestro Mateo

299,52 €

Verlo Pérez

Sara

EASD Maestro Mateo

599,04 €

Vicente Martínez

Lucía

CMUS Superior de A Coruña

399,36 €

25.000,00 €