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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 3 de agosto de 2017 Pág. 36626

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2017, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se acuerda inscribir el petroglifo de Pena Serrada, sito en la parroquia de Parada, en el ayuntamiento de Outeiro de Rei, en el Registro de Bienes de Interés Cultural.

La Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del artículo 149.1.28 de la Constitución y a tenor de lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural. En ejercicio de esta, se aprobó la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, que, en su disposición adicional primera, establece que: «Todos aquellos bienes muebles e inmuebles sitos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia que tuvieran la condición de bienes de interés cultural con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley mantendrán la consideración de bienes de interés cultural y quedarán sometidos al mismo régimen jurídico de protección aplicable a estos según esta ley».

Los petroglifos son un tipo específico de arte rupestre consistente en grabados sobre losas al aire libre. Su cronología tiene un amplio marco cultural, ya que pueden pertenecer a diferentes épocas prehistóricas e históricas, desde finales del neolítico, pasando por la Edad de Bronce y de Hierro, hasta la época medieval.

Dado que los petroglifos constituyen un tipo especifio de manifestación de arte rupestre, a ellos se les aplica el régimen general de protección previsto en la mencionada Ley de patrimonio cultural para los bienes inmuebles declarados de interés cultural. La plena aplicación de este régimen, así como los principios de publicidad y seguridad jurídica que informan nuestro ordenamiento, unido al deber de los poderes públicos de promover el acceso a la cultura recogido en el artículo 44 de la Constitución, avalan la necesidad de que en la medida que se vaya acreditando la existencia de este tipo de bienes se instrumenten los medios necesarios para garantizar su general conocimiento.

Con fecha de 2.11.2016 se recibe información sobre la existencia de un petroglifo en el ayuntamiento de Outeiro de Rei (Lugo) y se solicita su inclusión en el catálogo correspondiente.

Recibida esa petición y visto el informe aportado por los servicios técnicos de la Jefatura Territorial de la Conselleria de Cultura, Educación y Ordenacion Universitaria de Lugo, en el que se manifiesta la consideración de bien de interés cultural de este petroglifo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 94.2 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 13 del Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23, Registro de Bienes de Interés Cultural, de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia del petroglifo de Pena Serrada, sito en la parroquia de San Xoán de Parada, en el ayuntamiento de Outeiro de Rei (Lugo).

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia a los efectos de su pubLicidad y para general conocimiento de su condicion de bien de interés cultural.

Santiago de Compostela, 13 de junio de 2017

Mª Carmen Martínez Ínsua
Directora general del Patrimonio Cultural

ANEXO
Descripción del bien

Denominación: petroglifo de Pena Serrada.

Descripción: afloramiento granítico de considerables dimensiones, muy afectado por la acción erosiva y la degradación de los incendios forestales. En su extremo oeste hay una combinación circular formada por tres círculos concéntricos y una cazoleta central; el diámetro es de 15 centímetros, los motivos apenas son perceptibles causa de la acción erosiva. En la parte central del afloramiento hay un grupo de varias cazoletas de un diámetro variable de 3 a 10 centímetros.

Localización: lugar de Pena Serrada. Parroquia de San Xoán de Parada. Ayuntamiento de Outeiro de Rei (Lugo).

Categoría: monumento

Nivel de protección: integral.