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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 31 de julio de 2017 Pág. 36325

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ourense

ANUNCIO por el que se da publicidad de la sentencia 252/2017, en el P.O. 4557/2013 (expediente planeamiento urbanístico 2012009669).

Auto de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por el que se le da publicidad a la parte dispositiva de la sentenza 252/2017, de 18 de mayo de 2017.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el procedimiento ordinario 4557/2013, contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Ourense de 7 de junio de 2013 que aprobó definitivamente el estudio de detalle del área de intervención AI 10 del Decreto 187/2011 de la Xunta de Galicia, de 29 de septiembre, por el que se suspende parcialmente la vigencia del Plan general de ordenación urbana del Ayuntamiento de Ourense y se aprueba la ordenación urbanística provisional hasta la entrada en vigor del nuevo planeamiento, interpuesto por Xardín das Burgas, S.A., se dictó sentencia 252/2017, de 18 de mayo, por la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con el fin de llevar a puro y debido efecto dicha sentencia, se resuelve dar publicidad a su parte dispositiva, que a continuación se transcribe:

«Por todo lo expuesto, esta sala ha decidido estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre y representación de Xardín das Burgas, S.A. contra acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Ourense, adoptado en sesión ordinaria de 7 de junio de 2013 que aprueba definitivamente el estudio de detalle del Área de Intervención AI 10 del Decreto 187/2011, que se anula y deja sin efecto por las razones indicadas.

Se imponen las costas del procedimiento en los términos antedichos.

Contra esta sentencia cabe interponer, bien ante el Tribunal Supremo, bien ante la correspondiente sección de esta sala, el recurso de casación previsto en el artículo 86 de la Ley jurisdiccional, que habrá de prepararse mediante escrito a presentar en esta sala en el plazo de treinta días y cumpliendo los requisitos indicados en el artículo 89.2 de dicha ley».

Asimismo, la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de 8 de junio de 2017 en el punto 2 de la orden del día acordó no recurrir la sentencia.

Ourense, 4 de julio de 2017

Jesús Vázquez Abad
Alcalde presidente