El artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, prevé que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas solo podrá hacerse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.
A tales efectos, en cumplimiento del citado precepto legal el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Arzúa-Ulloa resolvió mediante acuerdo de su pleno:
Primero. Publicar en el DOG os enlaces a la publicación del anuncio de la creación, modificación o supresión de los citados ficheros, en los boletines oficiales provinciales de:
A Coruña 239 (20.12.2016):
http://bop.dicoruna.es/bopportal/publicado/2016/12/20/2016_0000010270.pdf
Pontevedra 238 (15.12.2016):
http://www.boppo.depo.es/web/boppo/detalle/-/boppo/2016/12/15/2016043549
Lugo 290 (20.12.2016): http://www.deputacionlugo.org/portal_localweb_ag/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_15065_1.pdf
Segundo. Solicitar de la Agencia Española de Protección de Datos, una vez efectuada la publicación a la que se refiere el apartado anterior, que proceda a la inscripción de los ficheros en el Registro de Protección de Datos.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Melide, 17 de marzo de 2017
Xosé Luís Carrera Valín
Presidente del Consejo Regulador de la Denominación
de Origen Protegida Arzúa-Ulloa