La persona titular de la Jefatura Territorial de A Coruña dictó la resolución de los expedientes sancionadores número XC-00537-O-2017 y seis más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.
Se les comunica que contra dicha resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en Servicio de Movilidad de A Coruña.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.
A Coruña, 4 de julio de 2017
César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula |
Persona sancionada DNI/CIF |
Infracción cometida Fecha-hora-carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
XC-00537-O-2017 5435-DCJ |
Empresa Sánchez, S.L. B15025711 |
La carencia de cambio de moneda metálica o billetes, hasta la cantidad reglamentariamente establecida. 23.1.2017; 17.7; 550; 80,5 |
Art. 142.13 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
XC-00560-O-2017 9530-HKV |
Autocares Ferma, S.L. B70351572 |
La falta de comunicación de cualquer dato o circunstancia que deba figurar en el Registro de Empresas y Actividades de Transportes o que exista obligación por otra causa de poner en conocimiento de la Administración, cuando no deba reputarse infracción muy grave de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140.16. 31.1.2017; 8.35; N550; 7,0 |
Art. 142.18 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
XC-00647-O-2017 4935-CVW |
Transportes Enjamio, S.L. B70129226 |
La conducción sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas. Superior a 4 horas y 30 minutos e inferior o igual a 5 horas. 13.11.2016; 16.33; N-634; 666,0 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
XC-00649-O-2017 4935-CVW |
Transportes Enjamio, S.L. B70129226 |
La conducción sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas. Superior a 4 horas y 30 minutos e inferior o igual a 5 horas. 13.11.2016; 16.20; N-634; 666,0 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
XC-00798-O-2017 2420-FGV |
Rutas Coruña, S.L. B15929292 |
Realizar transporte regular de viajeros de uso especial, sin llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestarlos o que resulte exigible para la determinación de la clase de transporte que se está realizando. 17.2.2017; 9.40; AC190; 1,1 |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
XC-00799-O-2017 2313-GPL |
Rutas Coruña, S.L. B15929292 |
Realizar transporte regular de viajeros de uso especial, sin llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidade legal de prestarlos o que resulte exigible para la determinación de la clase de transporte que se está realizando. 17.2.2017; 9.40; AC190; 1,1 |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
XC-00801-O-2017 1466-JCC |
Rutas Coruña, S.L. B15929292 |
Realizar transporte regular de viajeros de uso especial, sin llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestarlos o que resulte exigible para la determinación de la clase de transporte que se está realizando. 17.2.2017; 9.40; AC190; 1,1 |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |