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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Miércoles, 19 de julio de 2017 Pág. 34856

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 7 de julio de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del Programa de becas formativas para la realización de proyectos de mejora de las pymes gallegas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

BDNS (Identif.): 355490.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios/as

Podrán presentar solicitud para acogerse a estas becas aquellos/as titulados/as que cumplan los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y estar empadronado/a en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Cumplir los requisitos del artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser considerado beneficiario/a de subvenciones.

c) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitarias en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes: Física, Ingeniería, Matemáticas, Química, Administración y Dirección de Empresas, Economía, Derecho, Biología/Biotecnología y Farmacia. La titulación deberá haberse obtenido con posterioridad a la fecha indicada en la resolución de convocatoria.

Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros privados españoles deberán estar homologados por el Ministerio de Educación español en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

d) No haber disfrutado con anterioridad ninguna otra beca del Igape.

e) No haber desempeñado con anterioridad algún trabajo profesional para el cual se haya requerido la misma titulación exigida en esta convocatoria, en virtud de cualquier tipo de contrato laboral de duración igual o superior a seis meses, lo que se acreditará mediante informe de vida laboral de la Seguridad Social.

f) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones como becario/a.

g) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda, por ningún concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. El cumplimiento de este requisito se acreditará cubriendo en el formulario telemático la declaración responsable del/de la solicitante de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.d) de la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017.

h) Haber nacido después del 31.12.1983.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto la concesión de cien (100) becas para la realización de prácticas formativas incardinadas en programas de mejora en las pymes gallegas, con la finalidad de formar a titulados/as universitarios/as en diversas áreas relacionadas con la profesionalización y desarrollo estratégico de la empresa.

Los/las titulados/as participarán en un itinerario formativo específicamente diseñado para la participación en el programa y realizarán prácticas formativas bajo la tutela de agentes colaboradores/as del Igape en proyectos de mejora de pequeñas y medianas empresas, apoyo al/a la emprendedor/a o proyectos colaborativos de asociaciones o clústeres empresariales, período en el que recibirán formación y tutorización directamente por parte del/de la agente colaborador/a.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 7 de julio de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del Programa del Igape de becas formativas para la realización de proyectos de mejora de las pymes gallegas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Importe

La dotación presupuestaria para estas becas asciende a 1.125.672,00 € y se abonará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias, por los siguientes importes y con la siguiente distribución plurianual:

Partida presupuestaria 09.A1 741 A 4800: 47.700,00 € con cargo al ejercicio 2017; 745.425,00 € con cargo al ejercicio 2018 y 286.875,00 € con cargo al ejercicio 2019.

Partida presupuestaria 09.A1 741 A 4840: 1.141,80 € con cargo al ejercicio 2017; 31.780,10 € con cargo al ejercicio 2018 y 12.750,10 € con cargo al ejercicio 2019.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y terminará el 14 de septiembre de 2017.

Santiago de Compostela, 7 de julio de 2017

Pablo Casal Espido
Secretario general del Instituto Gallego de Promoción Económica