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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 18 de julio de 2017 Pág. 34570

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 7 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

BDNS (Identif.): 355280.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente orden los miembros de los grupos operativos de la AEI constituidos para el desarrollo de un proyecto innovador. Según la redacción del artículo 35 del Reglamento 1305/2013, de 17 de diciembre, en la iniciativa de cooperación deberán intervenir como mínimo dos actores. Los grupos operativos estarán formados, al menos, por una entidad relacionada con la producción agrícola o forestal, incluidas las entidades interprofesionales del sector. Tendrá preferencia la participación de un centro de innovación, investigación o tecnológico de naturaleza pública o privada. Tanto dichas entidades como los centros mencionados anteriormente podrán acceder a la condición de beneficiarios.

Podrán ser también beneficiarias:

a) Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.

b) Entidades asesoras en la conservación o en el uso sostenibles de los recursos naturales.

c) Otras entidades con intereses reconocidos en el ámbito rural.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones para la ejecución de proyectos de grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas y convocar estas ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el año 2017. Su código de procedimiento es MR331B.

En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica o fundamental ni investigaciones independientes.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 7 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

Cuarto. Importe

La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 13.02.561A.770.0, código de proyecto 201600417, por un valor total de 1.773.272,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 177.327,00 euros en 2017, 975.300,00 euros en 2018 y 620.645,00 euros en 2019.

Se podrán utilizar otros remanentes que puedan existir de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en la misma aplicación de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes presentadas y de la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con los criterios de priorización que se establecen en las bases reguladoras.

Las ayudas a la ejecución de proyectos de grupos operativos de la AEI serán del 100 % de los costes subvencionables. Se establece un importe máximo por solicitud de 100.000 euros y un importe mínimo por solicitud de 12.000 euros.

La cuantía máxima subvencionada en cada iniciativa de cooperación será de 100.000 euros.

Quinto Obligación de relacionarse electrónicamente

Tanto la presentación de las solicitudes de ayuda como los demás trámites necesarios para la gestión de este procedimiento administrativo se harán a través de medios electrónicos, en los términos previstos en las bases reguladoras.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza en el término de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG.

Santiago de Compostela, 7 de julio de 2017

Carmen Bouso Montero
Secretaria general técnica de la Consellería del Medio Rural