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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 18 de julio de 2017 Pág. 34685

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 29 de junio de 2017, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se publica la resolución del recurso de reposición interpuesto contra la revisión del croquis del monte vecinal en mano común Rodela y Touzón, del ayuntamiento de Castro de Rei (expediente 41/79).

A los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión del día 21 de junio de 2017, bajo la presidencia de María Olga Iglesias Fontal y con la asistencia de los vocales Josefina Pereira de la Riera y Antonio José López-Acuña Herrero, y de la secretaria Lucía Belver Quiroga, dictó la siguiente resolución:

Monte Rodela e Touzón (expediente 41/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Viladonga, en el término municipal de Castro de Rei. En la reunión de 15 de marzo de 2017, se aprobó una revisión del croquis de este monte. Con fecha 8 de mayo de 2017, entra escrito presentado por el presidente de la comunidad propietaria del MVMC de Viladonga, en que se interpone recurso de reposición contra dicho acuerdo, que considera que no es conforme con el plano presentado por la comunidad para la revisión, al resultar excluido un terreno hoy identificado con la parcela 132 del polígono 12, que hasta hace poco era titularidad de la comunidad y estaba integrada dentro de la parcela 129 del polígono 12.

Solicitado informe al Servicio de Montes con respeto a lo expuesto en el recurso de reposición, se emite el 8 de junio de 2017, y de él se concluye, en resumen, que los procesos de revisión de croquis definidos en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, se consideran unos procedimientos abreviados y sencillos para corregir croquis por falta de precisión y fiabilidad, que deben ser hechos con cuidado para evitar afectar a intereses de terceros. Por este motivo se acordó con la Dirección General de Ordenación Forestal establecer unos criterios mínimos para hacerlas y, entre otros, destaca la imposibilidad de incorporar superficies de terreno que no estuvieran en el croquis inicial y aparezcan catastradas a nombre de terceros. Este es el caso que acontece con la parcela reclamada. Esta parcela no estaba en el croquis de clasificación inicial y al comprobar la titularidad catastral figura a nombre de Angelines Veiga Rodríguez y Sergio Ruíz Luna con una participación del 50 % cada uno. Por este motivo no se consideró oportuna su inclusión en la propuesta que el servicio hizo al Jurado, sin perjuicio de que en un procedimiento de deslinde pueda resultar modificado este perímetro.

Examinado dicho recurso, el jurado, por unanimidad, acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los fundamentos que se recogen en la correspondiente resolución del recurso.

Contra esta resolución, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el BOE.

Lugo, 29 de junio de 2017

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Lugo