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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Jueves, 13 de julio de 2017 Pág. 33787

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

EXTRACTO de la Orden de 29 de junio de 2017 por la que se regula el procedimiento para el reintegro individual de gastos por asistencia a actividades de formación del profesorado no universitario para el año 2017.

BDNS (Identif.): 354728.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Personal docente funcionario de carrera que imparta las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, con destino en centros docentes públicos en que ejerza docencia directa con el alumnado, equipos de orientación específicos, puestos de asesoría dentro de la estructura administrativa de la consellería, y en la Inspección educativa.

Personas en situación de interinidad que mantengan esta condición tanto en el momento de la presentación de la solicitud como en el momento de la resolución.

Segundo. Objeto

Reintegro individual de gastos derivados de la participación como asistente a actividades de formación no organizadas por las estructuras de formación de la consellería que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el resto del territorio español o en el extranjero y que se desarrollen entre los días 1 de enero y 31 de diciembre de 2017.

Los reintegros cubren exclusivamente los gastos de matrícula y desplazamiento, sin incluir los gastos de manutención y alojamiento.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 29 de junio de 2017 por la que se regula el procedimiento para el reintegro individual de gastos por asistencia a actividades de formación del profesorado no universitario para el año 2017.

Cuarto. Importe

Los reintegros se concederán según los siguientes tipos y límites que se indican:

Tipo I, en la Comunidad Autónoma de Galicia, hasta un máximo de 100 euros.

Tipo II, en el resto del territorio español, hasta un máximo de 150 euros.

Tipo III, en el extranjero, hasta un máximo de 600 euros.

Tipo IV, reintegros vinculados a estancias:

A) Ámbito europeo, hasta un máximo de 1.200 euros.

B) Ámbito extraeuropeo, hasta un máximo de 2.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación será de por lo menos ocho (8) días hábiles de antelación con respecto a la fecha del comienzo de la actividad.

Para las actividades formativas que comenzaron a partir de 1 de enero, así como para aquellas que comiencen a partir del día de la publicación de esta orden y que no puedan cumplir el plazo de solicitud de ocho (8) días hábiles de antelación, la solicitud se entenderá en plazo siempre que sea presentada dentro de los diez (10) días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG.

El último día del plazo para la presentación de las solicitudes es el 10 de octubre de 2017.

Santiago de Compostela, 29 de junio de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria