Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Lunes, 3 de julio de 2017 Pág. 32359

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 5271/2016).

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 5271/2016 de esta sección, seguido a instancia de Alberto Vázquez García contra Fogasa, Jandei, S.L., Galery Engineering, S.L.N.E., JNM Services Company, S.L., Jandei Security, S.L., Javier Jesús Núñez Montero, sobre incidentes de ejecución, se ha dictado el 12 de junio de 2017 la siguiente resolución:

El anterior escrito suscrito por la letrada Natalia Erviti Álvarez, en representación de Alberto Vázquez García, únase al recurso de su razón.

Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina. Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala y emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días y designese un domicilio para notificaciones en la sede de dicha sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.

Emplácese a Galery Engineering, S.L.N.E. a través del Diario Oficial de Galicia (DOG).

Conforme a lo interesado en el escrito presentado, remítanse comunicaciones al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, interesando la remisión de testimonio con nota de firmeza de las sentencias alegadas de contraste, la dictada el 8 de octubre de 2002, Sentencia número 3586/02, y la recaida en el RSU 17800/03 el 26 de noviembre de 2007, respectivamente.

Asimismo, expídase testimonio con nota de firmeza de la sentencia dictada por este Tribunal en el RSU 5382/11, quedando unida a la pieza del recurso.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a Galery Engineering, S.L.N.E., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 12 de junio de 2017

La letrada de la Administración de justicia