De conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, y en el artículo 16 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 157, do 19 de agosto),
RESUELVO:
Primero. Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se indica en el anexo I de esta resolución.
Segundo. Podrán concurrir a ella los/las funcionarios/as o estatutarios que reúnan los requisitos que se exigen para el desempeño del puesto y que se especifican en el anexo I.
Tercero. Las funciones del puesto convocado, reflejadas en el artículo 17.3 de los estatutos de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, son las que se señalan en el anexo III.
Cuarto. Las solicitudes para participar en esta convocatoria se dirigirán por escrito al presidente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, según el modelo que se incluye como anexo II a esta resolución. Dichas solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, sito en la avenida Fernando de Casas Novoa, nº 37, 1º (Edificio CNL), 15707 Santiago de Compostela (A Coruña), o bien utilizando los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Quinto. Los/las aspirantes deberán acompañar a su petición un curriculum vitae y justificar documentalmente, mediante certificación o copia compulsada, los méritos que aleguen.
Los méritos alegados y no probados según se indica en el parágrafo anterior no serán tenidos en cuenta.
Sexto. En el caso de resultar seleccionado/a para ocupar el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de esta resolución un/una funcionario/a con destino en otra Administración pública, se requerirá el informe favorable del órgano competente de su Administración de origen, que se considerará favorable en el caso de no emitirse en el plazo de quince (15) días, tal como dispone o artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones concordantes. Una vez autorizado su traslado a esta Administración, se procederá a adjudicarle el puesto para el cual fue seleccionado/a.
Séptimo. La resolución de esta convocatoria se publicará en el Diario Oficial de Galicia y se podrá declarar desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.
Octavo. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de siete días hábiles si comporta cambio de residencia.
Cuando el/la adjudicatario/a del puesto obtenga con su toma de posesión el reingreso al servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, modificado por el Decreto 166/2013, de 14 de noviembre.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al de cese, que se deberá producir dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, o desde la fecha en que se comunique la resolución del traslado a la Comunidad Autónoma, para el caso de funcionarios de otras administraciones públicas.
Si la resolución conlleva el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se deberá computar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Noveno. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Potestativamente, y con carácter previo, se podrá interponer recurso administrativo de reposición, ante este órgano directivo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 16 de junio de 2017
Jesús Vázquez Almuíña
Presidente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud
ANEXO I
Código del puesto: SGS020000415770010.
Denominación del puesto: jefatura del Servicio de Docencia.
Dependencia: Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud.
Localidad: Santiago de Compostela.
Subgrupo: A1.
Nivel: 28.
Complemento específico: 13.835,76 €.
Cuerpo o escala: 1.2/ESG/7/A1.
1.2. Cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, escala de salud pública y Administración sanitaria.
ESG. Estatutario Servicio Gallego de Salud.
7. Personal perteneciente a otros cuerpos y escalas de carácter sanitario de cualquier Administración pública.
A1. Escala general.