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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 121 Martes, 27 de junio de 2017 Pág. 31588

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 2 de junio de 2017 por la que se autoriza la transmisión de inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Canelas XIII.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Canelas XIII, y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 31 de mayo de 2017, Carmen Saavedra García y José Benito Piñeiro Creo solicitan autorización para la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Canelas XIII.

Segundo. Los solicitantes aportaron la documentación necesaria para la tramitación deste tipo de procedimientos.

a) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente, de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), con la Resolución de 12 de abril de 2012 de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar, y con la disposición adicional novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG número 239, de 16 de diciembre), que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por lo que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar (DOG número 221, de 19 de noviembre), dispone de la creación de las jefaturas territoriales.

Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de David Places Fontaine y Ruth Mallo Mariño (76778148P-52931228V), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nome: Canelas XIII.

Situación:

Cuadrícula nº: 49.

Polígono: B.

Distrito: Ribeira (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Resolución de otorgamiento: 8.11.1975.

Remate de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Carmen Saavedra García y José Benito Piñeiro Creo (76486697J-35395367T) 100 % ganancial.

Nuevos titulares: David Places Fontaine y Ruth Mallo Mariño (76778148P-52931228V) 100 % ganancial.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Los actuales titulares deberán presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la Consellería.

Tercera. Los nuevos titulares de la concesión administrativa quedan subrogados en los derechos y obligaciones de los anteriores desde el momento de formalización de la compra-venta en escritura pública.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común en las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 2 de junio de 2017

La conselleira del Mar
Por delegación de firma (Resolución de 12.4.2012)
(D.A. novena del Decreto 177/2016, de 15 de diciembre)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña