Para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 6 de octubre de 2015, pronunció la Sentencia número 587/2016, dictada en el procedimiento ordinario nº 4577/2011, interpuesto por Sociedad Anónima de Obras y Servicios (Copasa), contra el Decreto 187/2011, de 29 de septiembre, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por el que se suspende parcialmente la vigencia del Plan general de ordenación urbana del ayuntamiento de Ourense y se aprueba la ordenación urbanística provisional hasta la entrada en vigor del nuevo planeamiento; sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:
«Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Sociedad Anónima de Obras y Servicios (Copasa) contra la disposición indicada en el primer fundamento de esta sentencia, que anulamos por ser contraria a derecho. No se hace imposición de costas del recurso».
La citada sentencia fue declarada firme.
Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2017
María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo