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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 16 de junio de 2017 Pág. 29538

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

EXTRACTO de la Orden de 1 de junio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas de incorporación social en viviendas para pacientes estabilizados en las unidades asistenciales con especialización en drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Galicia.

BDNS (Identif.): 350648.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

1. Para ser beneficiaria de las ayudas publicadas en esta orden deberán acreditarse los siguientes requisitos:

a) Ser una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas creado por el Decreto 74/2002, de 28 de febrero.

b) Ser titular o responsable de la vivienda de apoyo a la incorporación social de pacientes estabilizados/as en las unidades asistenciales de drogodependencias.

c) Acreditar el desarrollo de programas de incorporación social dirigidos al colectivo de drogodependientes durante los dos años anteriores a la anualidad de esta convocatoria.

d) Ajustarse a lo establecido en la Orden de 25 de enero de 2008, de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, por la que se regulan los requisitos específicos que deben cumplir los centros de inclusión y emergencia social, como centros de apoyo social a procesos terapéuticos y estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) regulado en la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.

e) Estar autorizada, desde dos años antes a la anualidad de esta convocatoria, por el servicio correspondiente de la Consellería de Política Social según el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia, como centro de acogida-apoyo social a procesos terapéuticos.

f) Disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia o, en su caso, contar con domicilio social en ella, comprometiéndose a desarrollar las actividades subvencionadas en viviendas próximas a la población donde exista unidad asistencial de drogodependencias.

2. Las entidades beneficiarias deberán cumplir los deberes que les sean exigibles de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3. Todos los requisitos deberán acreditarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el período de ejecución del programa subvencionado.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras y convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de actividades y programas de incorporación social en viviendas de apoyo para pacientes estabilizados/as en las unidades asistenciales de tratamiento de drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Su finalidad es apoyar a las personas a tratamiento de deshabituación de trastornos adictivos para facilitar su incorporación social y promover una vida autónoma.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 1 de junio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas de incorporación social en viviendas para pacientes estabilizados en las unidades asistenciales con especialización en drogodependencias de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. Cuantía

El crédito inicial de la convocatoria es de doscientos mil euros (200.000,00 €) con cargo a la aplicación 5001.413A.481.21, con código de proyecto 201400027, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Para poder ser beneficiaria de las subvenciones deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que, a título exclusivamente informativo, figura como anexo de la orden y que estará disponible tanto en la guía de procedimientos (https://sede.xunta.gal/guia-de-procedementos) como en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) con el código SA462B.

Santiago de Compostela, 1 de junio de 2017

Jesús Vázquez Almuíña
Conselleiro de Sanidad