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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miércoles, 14 de junio de 2017 Pág. 29192

VI. Anuncios

b) Administración local

Diputación Provincial de Ourense

ANUNCIO de 8 de mayo de 2017 por el que la Diputación asume la competencia delegada en ella por el Ayuntamiento de Trasmiras (recaudación de gastos derivados de ejecuciones forzosas de actos administrativos).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real decreto legislativo 2/2004 y 106.3 de la Ley 7/1985, y cumpliendo lo que acordó la Corporación Provincial en sesión del día 28 de abril de 2017, se hace público que la Diputación Provincial de Ourense asume la competencia delegada en ella por el Ayuntamiento de Trasmiras (gestión del cobro en período voluntario y recaudación ejecutiva de gastos derivados de ejecución forzosa de actos administrativos del Ayuntamiento) en las condiciones generales establecidas y que se detallan en el anuncio publicado por esta Corporación en el DOG del día 19.9.1994.

En virtud de esta delegación, la Diputación gestionará el cobro en voluntaria de dichos gastos, aprobando las liquidaciones correspondientes y procediendo a su cobro en vía ejecutiva en caso de impago.

Para el ejercicio de las funciones delegadas, el Ayuntamiento deberá remitir a la Diputación una certificación en la que se relacionen los gastos derivados de la ejecución forzosa. En caso de ser necesario, la Diputación podrá requerir la remisión de la copia del expediente municipal correspondiente.

La Diputación dictará y notificará los actos administrativos de liquidación conforme a la certificación municipal y cuantos actos administrativos sean necesarios para la gestión del procedimiento de recaudación ejecutiva, incluyendo la resolución de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento y de los recursos que se puedan interponer.

La Diputación percibirá por el ejercicio de las funciones delegadas las tasas previstas en la vigente ordenanza fiscal provincial. La Diputación deducirá de la transferencia del importe recaudado la cantidad correspondiente a la tasa liquidada, sin perjuicio de la notificación da dicha liquidación en la forma prevista en el artículo 9 de la ordenanza fiscal.

La presente delegación estará vigente de forma indefenida, siendo revocable por acuerdo del Ayuntamiento, que lo deberá comunicar a la Diputación con una antelación no inferior a seis meses.

Ourense, 8 de mayo de 2017

José Manuel Baltar Blanco
Presidente de la Diputación Provincial de Ourense