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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Viernes, 9 de junio de 2017 Pág. 28203

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2017 por la que se dispone la publicación de la encomienda de gestión de este instituto a la Agencia Gallega de Infraestructuras relativa a la valoración de las ofertas técnicas presentadas en el expediente de contratación del servicio para la elaboración del proyecto constructivo de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR) para la 1ª fase de la Plataforma logística industrial Salvaterra do Miño-As Neves (Plisan), la ejecución de las obras de la citada EDAR y de su acceso, la ejecución del correspondiente colector de vertido, así como su puesta en marcha y explotación (expediente Plisan-2017/EDAR).

El 26 de mayo de 2017 el secretario general técnico de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, por delegación de la competencia por parte de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, según la Orden de 4 de diciembre de 2015 (DOG núm. 236, de 11 de diciembre), autorizó la encomienda de gestión del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo a la Agencia Gallega de Infraestructuras para la elaboración del informe técnico de valoración de las ofertas técnicas presentadas en el expediente de contratación del servicio para la elaboración de proyecto constructivo de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR) para la 1ª fase de la Plataforma logística industrial Salvaterra do Miño-As Neves (Plisan), la ejecución del correspondiente colector de vertido, así como su puesta en marcha y explotación, y elaboración, en su caso, del informe técnico en las bajas que puedan producirse.

Los referidos informes serán emitidos por personal técnico cualificado de la Agencia Gallega de Infraestructuras.

Esta encomienda tiene naturaleza intersubjetiva al ser el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo y la Agencia Gallega de Infraestructuras órganos pertenecientes a la misma consellería, con personalidad jurídica propia.

La vigencia de la presente encomienda se entenderá desde su firma hasta el 30 de diciembre de 2017.

La finalización anticipada de la encomienda podrá producirse por incumplimiento total o parcial de alguna de las partes o por mutuo acuerdo.

Para general conocimiento, y en cumplimento de lo dispuesto en el punto 4 del artículo 9 de la Ley 16/2000, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se dispone su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de mayo de 2017

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo