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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Jueves, 8 de junio de 2017 Pág. 27880

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (519/2016).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 519/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Pablo García Viñas contra Cocina Fusión Tamei, S.L., Tamei Restauración, S.L., Abeiradaria, S.L. y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Juan Pablo García Viñas contra la entidad Cocina Fusión Tamei, S.L. y en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Cocina Fusión Tamei, S.L. a que abone al demandante la cantidad de 3.724,43 € brutos por salarios devengados entre enero y marzo de 2016, así como la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas esa anualidad, 1.353,60 € brutos por horas extras realizadas durante su relación laboral y 1.132,33 € brutos por compensación de descansos, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Que debo desestimar y desestimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Juan Pablo García Viñas contra las entidades Tamei Restauración, S.L. y Abeiradaria, S.L., a las que debo absolver de lo peticionado en su contra.

Con la intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a las empresas Cocina Fusion Tamei, S.L., Tamei Restauración, S.L. y Abeiradaria, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se les advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia