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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Miércoles, 7 de junio de 2017 Pág. 27521

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3974/2016).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 3974/2016 CRS

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 242/2015 Juzgado de lo Social número 1 de Pontevedra

Recurrente: José Espiño Camiño

Abogado: Juan Rafael Pazos Pesado

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Asepeyo, Mutua de A.T. y E.P. de la Seguridad Social número 151, Estructuras Seijo, S.L.

Abogado/a: Servicio Jurídico de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Balbino Irisarri Castro

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 3974/2016 de esta sección, seguido a instancia de José Espiño Camiño sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de José Espiño Camiño, contra la sentencia de fecha 21 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado de lo Social número uno de los de Pontevedra, en proceso sobre revisión de grado de incapacidad promovido por la recurrente frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 35 seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este Tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Estructuras Seijo, S.L., con último domicilio conocido en c/ Doctor Ulloa, 71-1º, Marín, Pontevedra, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 16 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia