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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 2 de junio de 2017 Pág. 26709

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

EXTRACTO de la Orden de 19 de mayo de 2017 por la que se convocan ayudas dirigidas a escuelas de música no dependientes de esta consellería.

BDNS (identif.): 348687.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Objeto

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a subvencionar el funcionamiento de los siguientes centros:

a) Escuelas de música de las cuales sean titulares los ayuntamientos.

b) Escuelas de música dependientes de asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro que tengan entre sus objetivos la formación en enseñanzas de música que no conduzcan a títulos académicos o profesionales.

Segundo. Requisitos

Podrán solicitar estas ayudas los titulares de los centros de música señalados en el punto anterior que cuenten con la correspondiente autorización de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Estos centros deberán estar radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia y las ayudas se destinarán al desarrollo de sus actividades docentes desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2017.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 19 de mayo de 2017 por la que se convocan ayudas dirigidas la escuelas de música no dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (procedimiento ED314E, para escuelas de música de las cuales sean titulares los ayuntamientos, y procedimiento ED314D, para escuelas de música dependientes de asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro que tengan entre sus objetivos la formación en enseñanzas de música que no conduzcan a títulos académicos o profesionales).

Cuarto. Cuantía de las ayudas

Para las escuelas de música dependientes de ayuntamientos la cuantía máxima de la ayuda por beneficiario no podrá superar la cantidad de cuarenta mil euros (40.000 euros).

Para las escuelas de música dependientes de asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro la cuantía máxima de la ayuda por beneficiario no podrá superar la cantidad de ocho mil euros (8.000 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de mayo de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria