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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Jueves, 1 de junio de 2017 Pág. 26573

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 5404/2016-MRA).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso de suplicación 5404 /2016-MRA

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 651/2013 Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

Recurrente: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo

Abogado: Pablo Torrado Oubiña

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Luis Veira Varela, Golán Materiales de Construcción, S.L.

Abogado/a: Servicio Jurídico Seguridad Social, Tesorería General Seguridad Social

Graduado social: Francisco Nazario Diz García

Yo, Mª Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 5404/2016 de esta sección, seguido a instancia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Luis Veira Varela, Golán Materiales de Construcción, S.L., sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos:

Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, de 4 de mayo de 2016 en autos nº 651/2013, que confirmamos.

Dése el destino legal a los depósitos efectuados por la recurrente.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Golán Materiales de Construcción, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia