El 12 de abril de 2017 la jefa territorial de Pontevedra de la Consellería de Sanidad dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador núm. 2017174TA-PO contra Breogán Manuel Núñez Groba, con DNI 35586255B.
Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a Breogán Manuel Núñez Groba el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.
Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, a presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, avenida Fernández Ladreda, núm. 43-1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de dicha ley.
Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, de acuerdo con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Se le advierte de que antes de la resolución del procedimiento tiene derecho a las reducciones establecidas en el artículo 85 de la Ley 39/2015.
Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.
Pontevedra, 5 de mayo de 2017
Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra
ANEXO
Número de expediente: 2017174TA-PO.
Denunciado: Breogán Manuel Núñez Groba, con DNI 35586255B.
Último domicilio conocido: Porto y A Torre 13, Cristiñade 36863 Ponteareas.
Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.
Preceptos presuntamente infringidos:
Artículo 7) «Se prohíbe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en:
w) Recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores».
Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 19.2.a) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.
Sanción propuesta: treinta euros (30 €).