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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Lunes, 29 de mayo de 2017 Pág. 25715

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 8 de mayo de 2017 por la que se aprueba la modificación parcial de los estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de A Coruña y Ourense.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 150.2 de la Constitución española, la Ley orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, de transferencia de competencias a la comunidad autónoma gallega, transfiere en el marco de la legislación básica del Estado, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales.

La transferencia en materia de colegios oficiales o profesionales se hizo efectiva a través del Real decreto 1643/1996, de 5 de julio, y se asumió por el Decreto 337/1996, de 13 de septiembre, de la Xunta de Galicia, correspondiendo a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia las competencias en esta materia, en virtud del Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece su estructura orgánica.

La Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia, dictada en virtud de la citada competencia, dispone en su artículo 16 que los colegios profesionales disfrutarán de autonomía para la elaboración, aprobación y modificación de sus estatutos, sin más límites que los establecidos por el ordenamiento jurídico. El artículo 18 de la misma norma establece la obligatoriedad de comunicar a la consellería competente en materia de colegios profesionales los estatutos aprobados, así como sus modificaciones.

Dando cumplimiento a esta disposición, el Colegio Oficial de Graduados Sociales de A Coruña y Ourense acordó en Asamblea General la aprobación de la modificación parcial de sus estatutos, que fueron presentados ante esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, a los efectos de su aprobación definitiva, después de la calificación de legalidad, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Ley 11/2001, de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En virtud de lo anterior, y verificada la adecuación a la legalidad de la modificación de los estatutos presentados, en uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

1. Aprobar la modificación parcial de los vigentes estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de A Coruña y Ourense aprobados por Orden de 2 de abril de 2013 (DOG núm. 79, de 24 de abril).

2. La modificación afecta al contenido del artículo 3.2, en el que consta el domicilio del colegio, y que se modifica en los siguientes términos: «2. El domicilio del Colegio de Graduados Sociales de A Coruña y Ourense se fija en la ciudad de A Coruña; calle Monforte, núm. 12, bajo».

Artículo 2. Publicación e inscripción

Ordenar la publicación de la modificación de los estatutos en el Diario Oficial de Galicia, y la inscripción correspondiente en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad Autómona de Galicia.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2017

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y Conselleiro de Presidencia, Administraciones
Públicas y Justicia